pamplona - Europa está a punto de dejar al Tribunal Supremo español a la altura de los caballos. Y otra vez con la banca de por medio. La decisión no vinculante adoptada por el abogado general de la UE en Luxemburgo puede suponer un varapalo para la banca española y abre la puerta a futuras reclamaciones a un millón de hipotecados, entre ellos 9.000 navarros, según la marea de cifras que manejan las asociaciones que han trabajado en este ámbito. La discusión se centra en el IRPH (Índice de Referencia de Precios Hipotecados), es decir, el segundo diferencial de referencia tras el Euríbor al que están vinculados los préstamos hipotecarios firmados en España. Este IRPH, que elabora el Banco de España, se calcula según la media de los tipos de interés de los créditos de las hipotecas que conceden los bancos.

Los préstamos vinculados a este índice se vieron gravemente afectados por la bajada del Euríbor, pues las hipotecas con IRPH también descendieron, pero por una cuantía mucho menor que las del Euríbor, lo que provocaba que se encarecieran cada letra mensual del IRPH entre 200 y 300 euros. Se podría recuperar en caso de que la reclamación sea efectiva en los tribunales una media de 20.000 euros, pero los expertos observan que los juzgados se van a volver a colapsar por esta nueva casuística. Las hipotecas con IRPH se extendieron durante el boom inmobiliario y hasta la llegada de la crisis y, desde 2013, se encuentran en los tribunales. De hecho, hasta el Supremo llegó un procedimiento interpuesto contra Kutxabank cuestionando la validez del IRPH que impuso en una hipoteca, pero el Alto tribunal resolvió que “su control de transparencia no era posible por tratarse de un índice oficial, definido y regulado por el Banco de España”. Posteriormente, la cuestión se elevó al TJUE dos meses después, debido a una petición del Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona y es el asunto al que ha dado ahora respuesta el abogado general de la UE.

El letrado Maciej Szpunar declaró que este índice debe estar sometido a tutela judicial para saber si es abusivo o no, porque el mero hecho de ser un índice oficial no hace que sea necesariamente transparente. Por tanto, en su opinión, los jueces españoles deben estudiar si las hipotecas referenciadas al IRPH fueron comercializadas de forma transparente o no. En caso negativo, deben declararse abusivas y las entidades financieras españolas estarían obligadas a devolver el dinero cobrado de más a sus clientes. El letrado polaco contradice así la doctrina del Tribunal Supremo, que avaló en 2017 el IRPH y declaró que la referenciación de una hipoteca a un tipo oficial como este no implica falta de transparencia ni abusividad. Szpunar apunta en su argumentación que la fórmula de cálculo de este índice “resulta compleja y poco transparente para un consumidor medio”. Se trata de unas conclusiones que no son vinculantes de cara a la futura sentencia, pero en la mayoría de los casos el fallo de los jueces suele seguir la dirección marcada por los abogados generales. La sentencia definitiva se espera en los próximos meses, de cara a la primavera.