madrid - El fiscal del Tribunal Supremo, Álvaro Redondo Hermida, que lleva 14 años en el Alto Tribunal y al que se le pueden leer numerosos artículos escritos en el periódico La Razón, defendió ayer que el TS debe confirmar la sentencia del caso Alsasua y enfatizó que considera que en este caso las víctimas sufrieron un ataque ideológico, a su juicio por ser miembros de una institución “fiel al Rey y al pueblo español”. El Ministerio Público no presentó ningún recurso contra la resolución dictada por la Sala de Apelación de la AN, sino que tan sólo impugnó los recursos presentados por las defensas.

NO SON UN GRUPO DE AMIGOS Redondo rechazó los argumentos esgrimidos por los defensores contra la aplicación de la agravante ideológica: “¿No puede haber una razón ideológica para atacar a la Guardia Civil?, ¿Cómo qué no? Claro que sí”, destacó. Asimismo, el fiscal Redondo continuó asegurando que el Instituto Armado “no es una asociación de amigos que se reúne para comer un asado”, sino una “institución del Estado que asume valores constitucionales y es fiel a España, al Rey y al pueblo español”.

Por todo ello, considera que es un “hecho probado” que la agresión se produjo por su condición de guardias civiles. En ello incidió el representante de Covite, el abogado Rubén Múgica, que subrayó que los guardias fueron agredidos “por lo que eran y por lo que representaban”.

¿colectivo vulnerable? Esta consideración fue argumentada en contrario por alguno de los abogados de la defensa, como José Luis Galán, que rechazó que pueda considerarse a la Guardia Civil como “colectivo vulnerable”, que son a quienes la ley busca proteger con esa agravante. “Hacerlo la deja en muy mal lugar dentro del Estado de Derecho -afirmó-. No puede considerarse el delito de odio cuando ya se le aplica el delito de atentado, y no puede considerarse que todos los guardias civiles tengan la misma ideología”.

RECUSACIONES Sobre la recusación planteada, y ahora sostenida por las defensas, sobre la magistrada Concepción Espejel, casada con un coronel de la Guardia Civil y reconocida por este cuerpo, el fiscal Redondo afirmó que también ha recibido premios, pero “esta circunstancia no genera la menor vinculación con ninguna institución”. Citó así un caso en el que no se apreció causa de recusación el caso de una juez casada con un perito y añadió que, en todo caso, la magistrada no se podía inhibir, ya que las causas para apartarse están tasadas por la ley y no incluyen este supuesto. Múgica echó en cara a las partes que no recusaran en su día a los investigadores de la Guardia Civil citados como peritos, que los letrados presentes en las ruedas de reconocimiento solo protestaran al día siguiente y no promovieran un incidente de nulidad de la prueba y aseguró que la agravante de abuso de superioridad debe mantenerse por haber sido las víctimas rodeadas por 25 personas. “Hay una situación de intimidación”. Concluyó diciendo que “no ha habido ni una reparación económica ni moral del daño causado”.

ausencia de la acusación particular

Tampoco estuvo en la apelación en la AN. La acusación particular que ejercía el letrado pamplonés Jaime Zuza en representación de las parejas de los guardias civiles agredidos en Alsasua ni siquiera estuvo ayer presente en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, ni comunicó los motivos de su ausencia. La decisión es antinatura en casos así, y más tratándose de una acusación particular que representa a dos perjudicadas, para las que además la sentencia contempla elevadas indemnizaciones. La acusación particular tampoco estuvo presente en la vista por los recursos en la Sala de Apelaciones de la AN.