DONOSTIA. El tatuador, de origen venezolano y que se encontraba en prisión provisional en la cárcel de Martutene desde el pasado 8 de febrero, quedó en libertad este lunes por orden judicial tras una vistilla celebrada al término de la última sesión del juicio, en la que la Fiscalía solicitó penas que suman 28 años y medio de reclusión para el procesado, mientras que la defensa, ejercida por la letrada Cristina Morcillo Buj, pidió la libre absolución de su cliente.

En esa vistilla, tanto el fiscal como las dos acusaciones particulares personadas en el caso, en representación de dos de las víctimas, pidieron mantener en prisión provisional al acusado a la espera de la sentencia, con la oposición de la defensa que demandó la puesta en libertad de su patrocinado.

En un auto al que ha tenido acceso EFE, el magistrado del caso acoge ahora la tesis de la defensa, valora que el inculpado haya cumplido ya un año y ocho meses de prisión y advierte de que, en el caso de una sentencia absolutoria, las "consecuencias" para él "serían muy negativas".

El documento constata asimismo que, si la resolución si resulta condenatoria, cuando se liquide la pena total impuesta, el tiempo de prisión cumplido "será más que considerable".

El escrito recuerda también que la figura de la prisión provisional "tiene una finalidad muy concreta" como "medida cautelar" en torno a la que giran "el derecho fundamental a la libertad" y el hecho de que la reclusión "no puede ser concebida como una pena anticipada".

"No puede pasarse por alto -agrega el documento- que el acusado lleva un año y ocho meses privado de libertad, que ha insistido en su inocencia, que tiene familia y arraigo en España y que está pendiente de una solicitud de asilo".

El auto destaca también que "bastante ha padecido ya el acusado con el juicio mediático y paralelo que se ha desarrollado antes de enjuiciarse los hechos" e insiste en que, "sea cual fuere el sentido de la sentencia, lo cierto es que el daño personal y profesional causado extraprocesalmente será casi irremediable".

"En el presente caso, en la vistilla celebrada tras el acto del juicio -prosigue el escrito- nada se ha alegado por parte de las acusaciones en cuanto a las finalidades perseguidas con el mantenimiento de la medida cautelar (de prisión provisional), ni tan siquiera una somera referencia a un supuesto riesgo de fuga por lo elevado de las penas solicitadas y tan sólo se ha solicitado que se mantenga su situación" de prisión provisional.

Por estos motivos, el juez acuerda la libertad del inculpado, "como alternativa a la prisión provisional", con la obligación de presentarse en el juzgado el primero de cada mes "a fin de asegurar su localización".

Tras conocer esta decisión, la abogada de la defensa, Cristina Morcillo Buj, ha expresado, en declaraciones a EFE, su confianza en que en este caso "se reme contracorriente para dictar una resolución justa, por más que pueda considerarse por la opinión pública que no es así".

"Confiamos en que no se ceda a la presión popular y que nadie se vea influido por la brutal presión externa", ha recalcado esta letrada.

La abogada ha opinado además que su patrocinado es un hombre "zalamero, adulador, y quizá incluso libertino" pero sin que haya "nada más".

"Si quieren pueden ver como inadecuada la conducta de mi defendido pero, no estamos ante una cuestión de etiqueta moral, sino de si se le puede exigir por su conducta, una responsabilidad penal", ha subrayado.