MADRID. Iñaki Abad, uno de los jóvenes de Altsasu que se encuentran en prisión, solicitará ya el tercer grado penitenciario después de que el Tribunal Supremo le haya rebajado la pena de 6 a 3 años y medio.

Según han informado fuentes jurídicas a Europa Press, la sentencia del Supremo ya ha sido notificada al tribunal sentenciador, es decir, a la Audiencia Nacional, que ha dado traslado de la misma a la prisión en la que cumple condena Iñaki Abad para que proceda a la reclasificación del grado.

El centro penitenciario tiene un plazo máximo de dos meses para llevar a cabo este trámite, en el que se tiene que determinar si continúa clasificado en segundo grado (el habitual para los presos comunes) o si progresa al tercer grado (semilibertad o régimen abierto).

A este tercer grado suelen acceder los presos que ya han cumplido la mitad de la condena. Aunque a Iñaki Abad aún le quedan cuatro meses para llegar a ese mínimo, fuentes de su defensa han comentado que el joven lo va a solicitar en la reclasificación del grado que ahora se determinará desde la dirección del centro penitenciario.

Iñaki Abad no es el único que vio su condena inicial reducida tras la sentencia del Supremo. De hecho, todas las condenas a los ocho jóvenes de Altsasu encarcelados hace ahora tres años fueron rebajadas, ya que el alto tribunal determinó que a las penas no se debe aplicar la agravante de odio ni la de abuso de superioridad en el caso del delito de atentado a la autoridad.

TODOS PUEDEN YA SOLICITAR PERMISOS

Así, mientras que la Audiencia Nacional condenó a los ocho jóvenes a penas de entre 2 y 13 años de cárcel, el Supremo redujo la horquilla, al eliminar los mencionados agravantes, a entre un año y medio y 9 años de prisión.

Los siete que están encarcelados --sólo Ainara Urquijo se libró de ingresar en prisión al ser condenada a un año y medio y carecer de antecedentes-- habrían cumplido ya una cuarta parte de las mismas, de modo que todos ya pueden empezar a solicitar permisos de salida, permisos que pueden llegar a ser de un máximo de 36 días al año.

Cuando ellos lo soliciten, será la junta de tratamiento de la cárcel la que haga una evaluación individualizada y apruebe o deniegue los permisos. En caso de que la petición sea rechazada, los propios condenados pueden acudir al juez de Vigilancia Penitenciaria, que haría entonces su propia valoración.