PAMPLONa - La fiscal encargada del caso del supuesto chivatazo de un policía nacional a su cuñado, que estaba siendo investigado por una violación con burundanga, no ve indicios de delito en la actuación del agente y ha pedido el archivo de la causa. La jueza ha rechazado tal petición y ha dictado el auto de apertura de juicio oral. El escrito de once folios que ha presentado la Fiscalía concluye que de la instrucción practicada estima que "no existen indicios racionales de criminalidad para imputar al agente la comisión de un delito contra la Administración Pública que precisa la revelación de un secreto o información, que el funcionario público haya conocido en atención al cargo, protegiendo la ley el deber de sigilo de los funcionarios, impuesto en atención a la índole de los asuntos de que conocen, sean o no secretos en su sentido más estricto, no quedando indiciariamente acreditado que el investigado advirtiera a su cuñado de la existencia de una investigación policial en la que pudiera estar implicado, y de su probable detención". Acerca de las conversaciones de whatsapp compartidas en la Unidad de Familia y Mujer, brigada que investigaba el caso, la Fiscalía dice que de tales conversaciones no se desprende "dato alguno sobre la identidad de los supuestos autores de las agresiones sexuales, donde se indica únicamente... "iremos a detener el martes"... "han denunciado finalmente las dos (víctimas), tenemos cámaras y un sospechoso reconocido". No existe "un dato objetivo" a juicio de la representante del Ministerio Público de que el investigado tuviera conocimiento de la información policial que implicara a su cuñado y a un amigo de éste y les hiciera llegar su contenido, elemento esencial del delito de revelación de secretos. La Fiscalía zanja que no existe infracción penal y que se debe dictar el archivo de las actuaciones, pero alude sin embargo a que se lleve a cabo dicho sobreseimiento "sin perjuicio de las acciones disciplinarias que pudieran ejercitarse" contra el policía implicado. No casa del todo bien que no se vea ni una muesca de responsabilidad penal en su actuación y luego, se aluda a que por si acaso, se podría actuar de manera interna o administrativa contra él en caso de que su conducta no haya sido tan diligente como parece que se quiere hacer ver.

TRES AÑOS DESDE EL ORIGEN Para alcanzar estas conclusiones, la Fiscalía recuerda el recorrido que ha tenido esta causa, y también su origen paralelo en la denuncia de agresión sexual que ya lleva tres años en los tribunales. Entre algunos de los pasajes destacados que cita la fiscal, pero que aun así no le ofrecen el suficiente soporte para mantener una acusación, figura el hecho de que en el propio atestado policial figura que el agente investigado "había tenido acceso a toda la información del caso y en ningún momento puso tal circunstancia de parentesco (con el detenido) en conocimiento de ningún compañero o superior jerárquico". Desde el momento de la detención de su familiar, y de que la jefa del grupo conociera que uno de sus agentes era cuñado del arrestado, el policía quedó retirado del grupo de policía judicial. Asimismo, en posteriores atestados, figuran las consultas que en las bases de datos policiales efectuó el acusado con los apellidos de su cuñado, pero ello no resulta "un indicio suficiente". La fiscal resalta que alguna de las consultas se realiza cinco días antes de la recepción del parte facultativo a nombre de una de las víctimas. Termina su escrito aludiendo que el delito del que se acusa al policía "precisa una dejación de funciones por parte del funcionario público, patente, manifiesta y total, ya sea porque no procede a la detención del responsable o porque no instruye el obligado atestado, tratándose de un delito de omisión pura". Prosigue justificando que "no ha quedado acreditado que el policía tuviera conocimiento a través de su cuñado de los hechos acaecidos el 8 de diciembre de 2016, desconociéndose las conversaciones privadas que ambos pudieran mantener y si efectivamente hablaron sobre los hechos o no". - E.C.