pamplona - La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado de conformidad después del acuerdo alcanzado entre el Ministerio Fiscal, la acusación particular y la defensa a un año de prisión por dos delitos de falsedad en documento mercantil cometida por particular a un agente de seguros de 48 años, natural de San Sebastián (Gipuzkoa) y que trabajaba en Navarra. Este simuló la firma de un cliente pamplonés para inducir a engaño a las aseguradoras y de esta forma obtener las correspondientes comisiones por contrataciones que habían sido ficticias. El acusado, con antecedentes penales y que estaba cumpliendo otras penas en un centro penitenciario, contactó en abril de 2015 con la víctima que había anunciado la venta de un vehículo. Lo hizo a través de whatsapp, cuando el procesado mostró interés en adquirir el turismo y obtuvo de éste una copia del DNI y su número de cuenta. Finalmente, no llegó a formalizarse la venta al no ingresar el acusado los 3.000 euros de señal que había prometido, toda vez que no tenía intención ninguna de adquirir el vehículo.

1.500 euros de indemnización El acusado era agente de la compañía de seguros Ocaso, como agente exclusivo desde enero de 2016, y estaba en trámites de ser contratado como agente externo de Howden Iberia (antigua correduría de seguros UBK). El procesado, con ánimo de ilícito enriquecimiento y con la finalidad de obtener las correspondientes comisiones de Ocaso y ser contratado y obtener comisiones de UBK, utilizó la documentación obtenida de la víctima, sin el consentimiento ni conocimiento de éste, para inducir a engaño a dos compañías de seguro, rellenando sendas pólizas de contratación de seguros de vida con los datos personales de la víctima y simulando en ambas la firma del mismo el 4 de mayo de 2015 y el 3 de marzo de 2016, respectivamente. Las compañías giraron sendos recibos de 10.000 euros cada uno para el pago de prima única a la cuenta de la víctima, recibos que fueron devueltos al no haber contratado el afectado dichos seguros de vida. La causa judicial estuvo paralizada desde el 9 de mayo de 2018 hasta el momento del enjuiciamiento en noviembre de 2019 por lo que se le aplicó la atenuante de dilaciones indebidas. Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, fue condenado a indemnizar a la víctima en 1.500 euros por el daño causado. - E.C.