pamplona - La sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJN) que anula los preceptos del decreto foral aprobado por el Gobierno en julio de 2018 para posibilitar que los diplomados sanitarios, en general, puedan dirigir los equipos de Atención Primaria (EAP) ha sido bien recibida por el Colegio de Médicos, que como el Sindicato Médico, recurrió la decisión del Gobierno de Navarra, y, por contra, ha suscitado el rechazo del Sindicato de Enfermería Satse que entiende que “se vulnera la formación y titulación como grado universitario de los y las enfermeras”.

Como es sabido, el TSJN ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio de Médicos de Navarra y anula los preceptos del Decreto Foral 54/2018, de 18 de julio, que permitían que la dirección de los EAP fuera desempeñada “por cualquier profesional sanitario”, dice el Colegio de Médicos. El recurso del órgano colegial pedía anular el decreto foral y el TSJN, además de estimarlo, obliga al Gobierno foral, como autor del decreto, así como al Colegio de Enfermería y al Sindicato Satse a pagar las costas derivadas del proceso judicial.

El Colegio de Médicos indica que en 2017, el TSJN ya dictó sentencia (a demanda de un recurso del Sindicato Médico presentado en 2015) anulando la anterior disposición que permitía al personal de Enfermería desempeñar la dirección de los EAP, por entender que “las funciones que en dicho puesto se desarrollan debe efectuarlas el médico”. Ante tal anulación inicial, el Gobierno respondió con el Decreto Foral 54/2018 ahora impugnado, quitando tales funciones a los directores de EAP entendiendo que si los médicos ya no realizaban tales funciones no había impedimento para que la dirección de los EAP fuera desempeñada por personal de Enfermería. El decreto foral de 2018 obedecía a la ausencia de médicos para ejercer dicha labor.

El Colegio de Médicos destaca que “ahora la Sala de lo Contencioso del TSJN vuelve a fallar en la misma línea, siendo más contundente incluso que en su anterior sentencia de 2017. Dice la sentencia que con el DF 54/2018 se vacía de contenido varias previsiones legales ¿Y además, quién las va a hacer en el EAP?” y reprocha a la Administración “que no ha entendido el tenor de aquella sentencia ni el alcance de sus pronunciamientos”. Añade que el decreto de 2018 elude el cumplimiento de la primera sentencia.

Dice el Colegio de Médicos que a la luz de la normativa aplicable (Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y DF 225/1992), la sentencia afirma que “no es factible el planteamiento de la Administración y de los codemandados que, tras la anterior sentencia de la Sala, apuestan por la vía de sustracción de funciones a los directores de EAP” y subraya que “sustraer funciones al director no es la solución”. Razona que “entre las funciones de los directores de EAP, las hay que no tienen mero carácter de gestión, y que por contra, exigen una labor profesional directiva y valorativa, propia y técnica”. Considera que “no cabe el nombramiento de cualquier profesional sanitario como director de EAP” y que “el director de EAP no es un mero gestor”.

satse: Sentencia preocupante El sindicato Satse, por su parte, valora negativamente la resolución judicial, no comparte la argumentación del Tribunal y afirma que “los profesionales de Enfermería son graduados universitarios, con formación específica en gestión sanitaria, con formación complementaria de postgrado en gestión sanitaria y con competencias suficientes para dirigir un centro de Atención Primaria”.

Añade Satse que así lo han demostrado en Navarra, siendo profesionales elegidas y respaldas por sus propios equipos, con demostrada experiencia, cualificación y capacidad para desarrollar su labor gestora”. Subraya que “tanto los y las profesionales médicos como los y las enfermeras, cuentan con las mismas horas de formación (seis créditos ECTS) en gestión sanitaria en las universidades navarras.”

Tras recordar que solo cabe recurso en casación (T.Supremo), opción que esta estudiando, considera la sentencia “preocupante porque infravalora la capacidad gestora de Enfermería”. Recuerda que hay seis EAP dirigidos por profesionales de Enfermería (Burlada, Buztintxuri, Santesteban, Salazar, Viana y Villatuerta) y desconoce las consecuencias.