- La tercera pata del decreto foral del Gobierno de Navarra tiene que ver con "medidas extraordinarias de carácter económico y fiscal", como así reza el título cuarto del texto legal, ya registrado en el Parlamento y pendiente de que la Mesa y Junta lo convalide en el plazo de 30 días.

Se puede dividir en dos partes: en primer lugar, el decreto incluye las medidas de inyección económica, como los 100 millones "para paliar los gastos de salud, educación, políticas sociales, empleo, familias, empresas, pymes, autónomos, conciliación laboral y familiar, protección social y otros gastos ocasionados por el COVID-19", como se menciona literalmente. Y, por otra parte, el decreto incluye una importante moratoria en el pago de impuestos para empresas, pymes y autónomos, sobre todo en lo relativo al IVA y los pagos a cuenta de IRPF. Esto significa que se puede aplazar el pago de los ejercicios de febrero y marzo hasta el 30 de abril -30 de mayo en caso de deuda tributaria no notificada todavía-, lo mismo para las liquidaciones trimestrales. De esta medida quedan fuera declaración de la renta y la cuota de autónomos.

La presidenta Chivite lo subrayó un par de veces que se persigue que haya "liquidez". Se trata de no ahogar a los trabajadores que han tenido que parar la producción.

Durante la rueda de prensa, Chivite aprovechó para adelantar que, en los próximos días, el Gobierno aprobará un segundo paquete de medidas en las que ya se trabaja, y que incluirán una garantía de devolución rápida por parte de Hacienda y la flexibilización en el pago de deudas fiscales. "La Hacienda va a pagar y esta será otra medida de liquidez", recalcó la presidenta.

Además de los 100 millones (artículo 19 del decreto), el Gobierno establece que las sociedades públicas "podrán otorgar avales u otras garantías análogas por valor de 40 millones de euros" (disposición adicional segunda, punto dos), así como "conceder préstamos" por valor de 30 millones (punto tres). Se amplía, también, el riesgo vivo máximo de los avales: 46 millones para empresas y 107 si son sociedades públicas; lo mismo, y con el mismo régimen, para los préstamos, 64 millones y 146.

La segunda parte de las medidas económicas tiene que ver con la "suspensión de plazos en el ámbito tributario". Como ya se ha dicho, se extiende a empresas, pymes y autónomos y afecta a las autoliquidaciones más importantes: IVA y pagos a cuenta del IRPF. La disposición adicional primera establece que el tiempo que va entre la entrada en vigor del decreto foral y el 30 de abril "no computará a efectos de la duración máxima de los procedimientos tributarios". Por otra parte, los plazos de pago de deuda tributaria que no hayan terminado a la entrada en vigor del decreto quedan también ampliados hasta el 30 de abril, siendo este plazo del 30 de mayo si todavía no se ha notificado. Asimismo, se retrasa un mes el pago del vencimiento correspondiente al mes de marzo.

Pero los puntos más importantes son el quinto y el sexto en esa disposición adicional primera. En el quinto se dice que "el plazo para presentación e ingreso de las declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones y declaraciones informativas correspondientes a los meses de febrero y marzo, así como al primer trimestre de 2020, finalizará el 30 de abril de 2020", en todo lo que tiene que ver con pagos de IVA y pagos a cuenta del IRPF, aunque cabe destacar las cuotas de los autónomos quedarían todavía fuera de este primer paquete de medidas.

En punto sexto, se establece que "lo dispuesto en esta disposición será de aplicación a los procedimientos cuya tramitación se hubiera iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto ley foral".

Todo queda pendiente ahora del Parlamento, que en el plazo de 30 días tiene que ratificar el decreto, algo que sucederá por unanimidad y, seguramente, con el voto delegado de los grupos en sus portavoces.