- Las juezas de Familia y Violencia sobre la Mujer de Pamplona -Ana Ávila (JADT de Primera Instancia numero 3), María Luisa Corbacho (Primera Instancia 8), Margarita Pérez-Salazar (Primera Instancia 10) yCarmen Gonzalez Echegaray (juez sustituta del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer)- a la vista de la situación excepcional existente en este momento y ante las dudas surgidas en relación con la ejecución del régimen de custodia y visitas en los correspondientes procedimientos, se reunieron ayer telemáticamente para unificar criterios en esta materia y efectuar una serie de recomendaciones para los casos de falta de acuerdo entre las partes, ponderando el principio de cumplimiento de las resoluciones judiciales y su adecuación al estado de alarma y a las medidas de salud pública.

El aluvión de demandas de cuestiones de Familia que estaban surgiendo estos días estaban desbordando los despachos de los abogados especializados en la materia, que conscientes del vacío legal existente en el Real Decreto en cuanto al cumplimiento del régimen de visitas y del intercambio de los menores, estaban recomendando a sus clientes actuar con la mayor lógica posible y sentido común siempre y cuando impere el interés superior del menor en todos los casos. Pese a que había voces dentro de la propia abogacía a favor y en contra de mantener lo estipulado en los convenios de separación y divorcio entre las parejas navarras que hayan roto, puesto que por un lado las sentencias y acuerdos judiciales son de obligaado cumplimiento y, por otro lado, el decreto del estado de alarma origina una situación excepcional que impide a los menores salir a la calle, la juezas de Familia dictaron ayer los criterios básicos. Así, en los casos de custodia compartida se deberán efectuar los cambios en las fechas que correspondan arbitrando en su caso la forma en que el menor resulte menos expuesto al coronavirus COVID-19.

Las juezas acordaron igualmente se mantendrán las visitas de fines de semana en los supuestos de custodia tanto compartida como individual, exista o no pernocta. Quedarán suspendidas las visitas intersemanales sin pernocta tanto en custodia compartida como individual por suponer una exposición innecesaria para el menor dada su brevedad sin perjuicio de que una vez se normalice la situación pueda en cada caso acordarse la compensación en otros días. En cuanto a las visitas intersemanales con pernocta deberán llevarse a cabo en sus propios términos.

Uno de los puntos más importantes es que se suspenden las visitas tuteladas en los Puntos de Encuentro Familiar por suponer una excesiva exposición de los menores y no ser posible respetar las medidas de seguridad precisas debido a las reducidas dimensiones de las dependencias. La copia de la resolución correspondiente será título suficiente para acreditar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la necesidad del desplazamiento.

Por último, se exhorta a los progenitores implicados en estos procedimientos a dar cumplimiento a lo acordado no pudiendo servir la especial situación en que se encuentra el país para incumplirlo y las recomendaciones son aplicables a las medidas civiles adoptadas por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.