Policía Foral ha compartido en sus perfiles de Internet la inquietud que les trasladó un usuario a través de un mensaje directo por Instagram respecto a si se puede salir a comprar preservativos durante el toque de queda.

"Buenas noches, me encuentro con mi pareja de hecho y no disponemos de condones. ¿Podríamos salir ahora a una máquina expendedora a comprarlos? (Eran las 23:46 horas).

La respuesta de Policía Foral llegó a primera hora del día siguiente, pero fue inequívoca: "Hola, no siendo causa de fuerza mayor, tendréis que utilizar otras "técnicas" para el disfrute, si lo cuentas así en un posible control te auguramos una receta... Y no precisamente de anticonceptivo".

El usuario o usuaria replicó al mensaje con un "muchas gracias por la información".

"Entre las 23.00 horas y 06.00 h, solo movimientos con causa legalmente justificada", recalcan los agentes forales.

La pregunta de esta persona no es baladí, ya que según el documento de medidas preventivas para Navarra sobre el estado de alarma y el confinamiento perimetral, publicado por el Gobierno foral, una de las eximentes para poder circular durante el toque de queda es la "adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad".

Hay que recordar que se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad foral debido a la pandemia de coronavirus. Es decir, entre las 23:00 y las 6:00 horas, las personas no podrán circular por las vías o espacios de uso público.

Sólo se puede circular para la realizar las siguientes actividades:

  • - Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
  • - Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • - Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
  • - Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • - Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
  • - Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • - Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • - Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
  • - Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

El mensaje publicado este miércoles 9 de noviembre recuerda al de otro usuario en marzo, durante el estado de alarma y el confinamiento.