La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a seis meses de prisión y a 3.000 euros de indemnización por un delito cometido por funcionario público contra la libertad y por imprudencia grave a un guardia civil, del área de Seguridad Ciudadana y que lleva 16 años en el cuerpo, que detuvo a una camarera de una estación de servicio de la A-12 en Legarda con la que discutió porque no estaba de acuerdo con el café que le había servido. La sentencia no es firme. El pago a la víctima se establece por el perjuicio causado y la forma en que se la arrestó en el propio establecimiento.

La Audiencia concluye que el arresto de la camarera, y propietaria del establecimiento, no se puede considerar un delito de detención ilegal, como pedía la Fiscalía y la acusación particular, que solicitaban 9 años de inhabilitación, pero sí que la actuación del agente merece reproche penal ya que la Sala considera que hubo "una desproporción evidente" entre la discusión y la detención practicada.

"Hay que tener en cuenta que el desencadenante inicial fue un hecho de naturaleza privada, que no afectó al servicio público y que, la encargada del bar se le identificó al agente (el acusado) con el carnet de conducir. Si bien al ser detenida, la camarera pudo tener una conducta no correcta de respeto a agente de la autoridad, no se revela que la mujer incurriese en una desobediencia grave que amparase la detención que, no debe olvidarse, es una medida siempre excepcional y debe ser interpretada de forma restrictiva y con criterios de proporcionalidad".

"No hubo ningún acometimiento y pese a la situación tensa que se generó entre la clientela, en modo alguno alentó a la clientela contra los agentes". Con todo este contexto, habrá de concluirse -dice la Audiencia- que en la detención el acusado omitió las más elementales normas de diligencia en toda detención. No hubo desobediencia grave y la falta de respeto no es delito", zanjas los jueces.

LA TENSIÓN EN EL LOCAL

Los hechos ocurrieron sobre las 22.30 horas del 27 de julio de 2019 cuando el acusado comenzaba su turno de noche y llegó junto a su compañero a la estación de servicio de Acciona en la A-12, en Legarda. Allí pidieron un cortado y un café "solo, largo y con hielos" que no fue de su agrado. Ahí comenzó la discusión y el agente pidió la hoja de reclamaciones que, según el fallo, no se le entregó.

La camarera, ante la insistencia, salió airada de la cocina y le dijo que "no se achantaba ni con veinte como él"y llamó dos veces a la Policía Foral para que le aclarasen al acusado que no tenía por qué disponer físicamente de una hoja de reclamaciones. El guardia no se puso al teléfono. La camarera le entregó el carnet de conducir para identificarse y el procesado se lo pasó a su compañero de patrulla para que consultara los datos. Entonces, relata la Audiencia, se generó un ambiente tenso en el local.

Los dos agentes salieron al exterior y el acusado participó a su superior la incidencia y la camarera, que le manifestó que pretendía "meterle miedo" y que "por un café la que se estaba montando". En el exterior, al incrementarse la tensión, el agente indicó a la camarera que podría incurrir en una desobediencia grave y alteración de orden público, generándose un ambiente que el agente consideró que podía alterar el orden. Así que procedió a detenerla sobre las 22.45 horas, la trasladó al cuartel de Puente la Reina y quedó en libertad a las 2.00.

NO HUBO DELITO DE DETENCIÓN ILEGAL

Con este relato, la Sala aprecia la desproporción del arresto pero dice que no existe el delito de detención ilegal que se imputaba al agente, porque ese supuesto "exige que no exista causa por delito" y en este caso "se detuvo a la camarera por causa de delito, hasta el punto de que se incoó causa por ello, y la víctima fue citada en calidad de investigada por los delitos por los que fue detenida, sin que el posterior sobreseimiento del caso permita concluir que no existe el requisito por causa del delito".