El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha avalado este miércoles el Decreto Foral con las nuevas medidas de flexibilización solicitadas por el Gobierno de Navarra y que entran en vigor este viernes 21 de mayo y se prolongan hasta el 3 de junio. Sin embargo, hay una medida a la que el tribunal navarro pone pegas, y es el hecho de que Navarra no haya justificado la necesidad de limitar el aforo al 30% en los lugares de culto.

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La Sala de lo Contencioso del TSJN considera en su auto que las limitaciones de reuniones de personas en el ámbito público y privado "pasan a ser una recomendación", por lo que "no es necesaria autorización de la Sala".

Y en cuanto a las limitaciones de aforo en lugares de culto, que el tribunal advierte que supone una limitación en el ejercicio del derecho fundamental de libertad religiosa y de culto (artículo 16 de la Constitución) se mantiene en el 30% de su aforo máximo permitido fijado anteriormente -aunque es cierto que eleva a 200 personas el número máximo de asistentes pese a la buena evolución de los datos de contagios, sin que la Administración ofrezca una motivación ad hoc de las razones que avalan el mantenimineto de dicha limitación de aforo, frente a otras muchas actividades en las que se eleva el aforo del 30% al 50%".

El TSJN prosigue que "ni en la Orden Foral ni en los informes que se acompañan a la solicitud se justifica la medida por un incremento del número de contagios, ni se ofrece ninguna razón que permita a la Sala valorar la posible eficacia de esta concreta medida para contener la propagación del virus. Por ello, la falta de la mínima justificación y motivación ad hoc por parte d ela Administración de esta medida, que permita valorar a la Sala la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida, determina la decisión del tribunal de no ratificar la misma".

El próximo viernes, 21 de mayo, entrará en vigor la Orden Foral 17/21 a través de la cual Navarra va a flexibilizar las aperturas, aforos y horarios en distintos sectores y actividades atendiendo a la situación epidemiológica y sanitaria del COVID-19 en la Comunidad Foral.

Entre las medidas, destaca la ampliación del horario de las distintas actividades de las 21 a las 22 horas y, en cuanto a las reuniones en el ámbito público y privado, la recomendación de que estos encuentros no superen el máximo de 8 personas y tres unidades convivenciales. La limitación, en este sentido, pasa a partir de ahora a ser una recomendación.