- El magistrado presidente del tribunal del jurado popular de Cáseda, José Francisco Cobo, presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, ignoró ayer las protestas de la Fiscalía y de la acusación particular y en el objeto del veredicto respecto al triple crimen no incluyó ninguna referencia a que el hijo mayor de los acusados pronunciara las palabras "dispara, dispara", antes de que su propio padre tiroteara al menos cuatro veces y matara a Fermín Echeverría Jiménez y sus hijos Cristian y José Antonio. Las acusaciones formularon las pertinentes protestas ante la falta de inclusión de una de las cuestiones que figura en el relato acusatorio y que demostraba, según dichas partes, la voluntad de Juan Carlos Jiménez hijo de participar en el hecho criminal. El magistrado consideró que debido a que el único testimonio que había detallado tal enunciado era el hijo y hermano de la familia asesinada, Julián José Jiménez, le faltaba aval probatorio para ser incluido en las preguntas que se formulan al jurado.

Las seis mujeres y los tres hombres que componen este jurado popular se recluyeron ayer desde primera hora de la tarde para deliberar acerca de las preguntas formuladas. En caso de ser un hecho contrario a los acusados, deberán necesitar 7 de los 9 votos para que sea aprobada. Si es un hecho que beneficia a los procesados, solo se necesita poner de acuerdo a 5 de las 9 personas. El jurado tiene sobre la mesa 21 preguntas sobre los hechos justiciables, otras tres sobre los hechos que configuran el grado de ejecución del delito, cinco más sobre los hechos que configuran la participación de las personas encausadas, tres sobre las circunstancias atenuantes planteadas (en este caso todas en relación con la actuación del padre, que reclama las atenuantes de confesión, legítima defensa y arrebato o miedo insuperable) y las preguntas sobre los hechos delictivos por los que el jurado debe declarar a los acusados culpables o no culpables. Además, también se les pregunta si son favorables a una petición de indulto de los acusados.

Las cuestiones cruciales respecto a la participación de los hijos en los hechos quedan así formuladas. En el caso de Emilio, el hijo pequeño, se pregunta si cooperó de un modo relevante para causar la muerte de las tres personas permitiendo que este la cogiera de sus manos después de haber encañonado con la misma a Julián José Jiménez Echeverría. Y, respecto a Juan Carlos, el magistrado les pregunta si colaboró en causar las tres muertes apoyándole en los preparativos para que la escopeta estuviera cargada con munición apta para matar.

El padre. Pregunta para ser declarado culpable o no culpable. Si Juan Carlos Jiménez Jiménez padre, en el curso de enfrentamiento, dió un bofetón en la cara a su yerno Julián José Jiménez Echeverria.

El hijo pequeño. Si Emilio Jiménez Jiménez cooperó de un modo relevante para causar la muerte de Fermin Jiménez Echeverría, Christian y José Antonio, mediante los disparos que les dirigió su padre Juan Carlos Jiménez Jiménez atendiendo al requerimiento de su padre para que sacara del interior del Seat Toledo la escopeta, sabiendo que estaba cargada con al menos cuatro cartuchos y permitiendo que este la cogiera de sus manos después de haber encañonado con la misma a Julián José Jiménez Echeverria.

El hijo mayor. Si Juan Carlos Jiménez Jiménez hijo colaboró en la causación de las tres muertes apoyándo a su padre en los preparativos para que la escopeta estuviera cargada con munición apta para causar

la muerte de personas y en disposición de uso cuando las circunstancias asi lo requirieran.