Tras varios días de reproches entre algunas comunidades y el Ministerio de Sanidad debido a las medidas a tomar en verano referentes a distintos sectores como a la hostelería y el ocio nocturno, finalmente la publicación en el BOE del acuerdo del consejo Interterritorial de Salud del pasado 2 de junio reconoce a los territorios el poder de decisión sobre las medidas a tomar respecto a los aforos en bares y restaurantes.

Así, la resolución recoge que, en los lugares que se encuentren en niveles de alerta del 1 al 4, “las medidas pueden adaptarse y contextualizarse a cada comunidad autónoma según la evolución de la situación epidemiológica”, algo que reclamaba, por ejemplo, la CAV, enmarcada actualmente en el nivel 3, lo que en un principio le obligaba a cerrar los interiores de los establecimientos hosteleros.

No obstante, el BOE dicta que las comunidades dejarán de tener esa capacidad de decisión si se encuentran fuera de los niveles de riesgo (la llamada “nueva normalidad”), cuando deberán permitir a los establecimientos de hostelería y restauración un aforo del 50% -o el 60% si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire-, además de habilitar el servicio y consumo en barra manteniendo la distancia de 1,5 metros. Asimismo, la capacidad de las terrazas se regirá por esa misma distancia entre las sillas de diferentes mesas, que podrán acoger a un máximo de 6 personas en interior y 10 en exterior. Respecto al horario, no podrá superar las 1.00 horas y se dejará de servir a las 00.00.

En lo referente al ocio nocturno, en la resolución de la Secretaría de Estado de Sanidad no se especifica ningún poder de decisión a las comunidades, por lo que según han trasladado las autoridades navarras ahora se deberá implementar su apertura en la hoja de ruta de la comunidad.

Así, cuando la situación epidemiológica esté fuera de los niveles de riesgo o en nivel de alerta 1 (en el que se encuentra Navarra según el Ministerio), los locales de ocio nocturno y discotecas podrán abrir a un máximo del 50% de aforo en el interior, y con una capacidad en terrazas idéntica a la hostelería. El consumo de bebidas y alimentos se deberá siempre hacer en mesas, que respetarán la distancia de 1,5 metros entre las sillas de diferentes. Asimismo, el límite de personas será de 6 en interior y 10 en exterior; y su cierre a las 2.00 horas pudiéndose ampliarse hasta las 3.00. Este tipo de espacios se podrán abrir también en comunidades en nivel de alerta 2, pero “siempre y cuando los indicadores complementarios para la estimación del nivel de alerta presenten una evolución favorable”.

Hostelería. Las comunidades en niveles de alerta del 1 al 4 pueden decidir. Fuera de estos niveles de riesgo, el aforo del interior será del 50% (o del 60% si cumplen requisitos) y las mesas en terrazas de hasta 10 personas.

Ocio nocturno. Las comunidades fuera del los niveles de riesgo o en alerta 1 pueden abrir sus locales de ocio nocturno y discotecas a un 50% de aforo en interior, con consumo siempre sentado y hasta las 2.00 horas, aunque podrá ampliarse hasta las 3.00.

La idea es que estas medidas se alarguen durante todo el verano y hasta que el 70% de la población esté inmunizada.