l Tribunal Supremo ha confirmado la pena de tres años y seis meses de prisión impuesta a un vecino de Pamplona de 62 años por haberse apropiado de forma indebida, "a través de la religión", de parte del patrimonio de una anciana de 91 años que le confió la administración de sus cuentas para la compra de productos de higiene y algunos comestibles. Debe abonarle 170.245,81 euros como responsabilidad civil.

La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la decisión de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra al considerar probado que el hombre actuó "con notable abuso de la confianza que la anciana había depositado en él" y que "desvió los fondos para apropiarse de ellos a través de disposiciones para las que no estaba autorizado".

Los magistrados subrayan la "intensidad" de la relación que entabló el acusado "a través de la religión" con la mujer "de avanzada edad, físicamente impedida y sin familiares cercanos, rellenando el vacío emocional y aparentando una acción de acompañamiento altruista". A su juicio, dicho comportamiento "no solo defraudó el deber de confianza que se deposita en aquel a quien se encomienda la gestión de un patrimonio, sino algo más".

SE CONOCÍAN DESDE HACÍA MÁS DE 30 AÑOS

Los hechos se remontan a julio de 2011, cuando el hombre asumió la gestión de 274.506,70 euros ante la situación de deterioro de la víctima, una mujer que conocía "desde hacía más de 30 años" con la que coincidía en "distintos encuentros de oración". Una vez que pudo disponer del dinero, procedió a abrir varias cuentas bancarias a su nombre.

Tres meses después, realizó un donativo de 12.000 euros a la Fraternidad Apostólica de la Divina Misericordia, asociación de la que era presidente. Según consta en la sentencia, la anciana no le pidió explicaciones sobre el estado de sus cuentas, "pues le consideraba una 'buenísima persona', que se había ofrecido a ayudarle y en quien tenía plena confianza".

En 2014, el hombre le aconsejó que hiciera un testamento y le presentó un abogado. Así, consiguió que la mujer le nombrara "único y universal heredero" y añadió, además, un "agradecimiento por haber cumplido su voluntad respecto de los donativos de carácter anónimo que ella le encomendó que realizara con sus bienes por importe de 96.000 euros". Según la resolución, la víctima no era consciente de este apartado.

Un año después, la anciana logró con ayuda recuperar la gestión de sus cuentas, pero con un monto de 26.710,89 euros. La Audiencia navarra ya subrayó que la mujer "le autorizó para efectuar movimientos y extracciones en sus cuentas bancarias, con el fin de que pudiese realizar estas gestiones y donaciones concretas". En este sentido, los magistrados insistieron en que "en ningún momento" la víctima autorizó al hombre para que llevase a cabo "otras gestiones", ni para que "dedicase el dinero a otros fines que a aquellos que expresamente ella le indicara".