La baja laboral es el periodo de tiempo necesario para que una persona enferma o accidentada, y que legalmente tiene una incapacidad temporal certificada oficialmente por su médico de cabecera, se recupere y esté en disposición de reincorporarse a su puesto de trabajo.

Las bajas laborales son comunicadas a la Seguridad Social y pueden ser de varios tipos: por accidente laboral, accidente fuera del ámbito de trabajo, enfermedad común, embarazo, por estrés, depresión o ansiedad, etc.

Ante la variedad de formas mucha gente se pregunta si una persona puede viajar estando de baja. Obviamente con graves lesiones o enfermedad por cuestiones médicas parece lo más indicado no hacerlo.

Pero tienes que saber que legalmente sí puedes hacerlo. No hay una ley que prohíba los desplazamientos estando de baja, aunque si lo haces puede peligrar el cobro del subsidio por este concepto.

De hecho, Ley General de la Seguridad Social determina que cualquier trabajador que actúe de forma fraudulenta puede perder el subsidio por este concepto, así como cuando abandone el tratamiento médico sin ningún motivo justificado. El artículo 175 señala textualmente que el subsidio por incapacidad temporal "podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente, trabaje por cuenta propia o ajena o cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado".

Por lo tanto, la decisión de realizar una escapada mientras se sufre una enfermedad o cualquier dolencia dependerá de la gravedad de la misma. La clave está en establecer si el viaje en cuestión interfiere en el proceso de recuperación. Porque en algunos casos, como por ejemplo una depresión o ansiedad, planificar un viaje puede ser incluso beneficioso para la mejoría de la persona. Sin embargo, en otros supuestos como pueden ser una lesión que impida caminar o realizar tareas básicas con las manos, lo más recomendable es no realizar ningún desplazamiento para no agravar la situación.

En cualquier caso, y ante la duda, lo más conveniente es consultar a tu médico de cabecera con el que has tramitado la baja y te explicitará el tipo de recuperación y los cuidados que debes adoptar en tu proceso de mejora. Y si es preceptivo, que emita un informe con las recomendaciones ante un desplazamiento.

Además de la obligación del trabajador durante el tiempo que dure la incapacidad temporal de acudir a las citas médicas que sean necesarias, también es obligatorio atender a los requerimientos que pueda hacer la mutua con la que colabore la empresa. Si tanto en un caso como en otro, la persona convaleciente no se encuentra en su lugar de residencia y no comparece por alguna causa motivada, el subsidio puede ser denegado, anulado o suspendido e incluso el trabajador puede ser dado de alta.

Por último, es interesante apuntar a la hora de planificar tu viaje que la Seguridad Social no está obligada a omitir las citas médicas durante los días que el trabajador esté ausente, aunque este requerimiento por parte del organismo público se debe hacer con una antelación mínima de 4 días hábiles. De esta forma, es posible realizar una escapada a un lugar que no esté excesivamente lejos del domicilio para acudir rápidamente en caso de producirse una notificación de revisión.