Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Si estás enfermo y te han dado la baja no trabajes porque podrían despedirte"
La publicación del experto y también creador de contenido suma más de 47.000 visualizaciones y más de 1.600 me gustas en TikTok
Los expertos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones hacen alusión a la Incapacidad Temporal (IT) como una "situación de la persona trabajadora mientras se encuentre imposibilitado temporalmente para trabajar y reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Durante este periodo se puede percibir un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas por las causas indicadas".
"Imposibilitado temporalmente para trabajar"
Se inicia, según apuntan desde esta misma entidad, "por enfermedad común o accidente no laboral, desde el 4º día de la baja. Por accidente de trabajo o enfermedad profesional y en las situaciones especiales de IT debidas a la interrupción del embarazo o a la gestación de la mujer trabajadora desde el día siguiente de la baja. En caso de la situación especial de IT por menstruación incapacitante secundaria, desde le primer día de la baja".
En esa misma línea, desde Wolters Kluwer añaden que "cualquier baja IT (es decir, por incapacidad temporal) tendrá una duración máxima de un año, prorrogable hasta 180 días más cuando se prevea la recuperación en ese periodo. Una vez superado ese plazo máximo, estaremos ante una incapacidad permanente".
"Si estás enfermo y te han dado la baja no trabajes porque podrían despedirte", según un abogado
Con más de 47.000 visualizaciones y más de 1.600 me gustas, la publicación del abogado laboralista Ignacio de la Calzada, con nombre de usuario @laboral_tips y que cuenta con más de un millón de seguidores en TikToky más de 365.000 en Instagram, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y creador de contenido advierte de lo siguiente: "Si estás enfermo no hagas esto".
"Lo primero: no vale de nada un parte de asistencia del médico, un justificante de reposo. SI faltas al trabajo tienes que tener la baja médica, porque cualquier otra cosa técnicamente no serviría ni para cobrar la baja, ni para justificar la ausencia. El parte de asistencia es que has acudido al médico unas horas, pero no justifica todo el día, así que pide la baja. Algo muy importante es que sin esa baja médica, podrían llegar a despedirte por ausencias injustificadas. Un despido disciplinario que, en muchos casos, se ha podido declara procedente, es decir, que cero indemnización. Recuerda que durante la baja médica, por una enfermedad así, durante los tres primeros días, por regla general, no cobrarías nada, del 4 al 20 el 60% y del día 21 en adelante el 75%. Si pides un reposo y la empresa te lo acepta, pues tampoco cobrarías en principio. Luego, durante la baja no trabajes. Si tienes un negocio propio, si tienes redes sociales, no te pongas a hacerlas, porque tu empresa se va a enfadar y porque podrías ser motivo de despido. Tampoco hagas nada incompatible con tu recuperación. Si estás enfermo de verdad no te pueden obligar a trabajar, al igual que tampoco pueden tomar ningún tipo de represalia, tipo despido, ni te pueden forzar a hacer nada, si estás de baja. Si tienes una baja médica no te pueden sancionar por estar enfermo, eso justifica tu ausencia en el trabajo", explica de manera detallada el anbogado laboralista.
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