"Una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómica o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral", así es como desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones hacen referencia a la pensión de incapacidad permanente.
"Reducciones anatómica o funcionales graves que disminuyan o anulen su capacidad laboral"
Según argumentan desde este organismo, dependiendo del grado de incapacidad, se exigen unos requisitos generales y de cotización. Son cuatro los grados de incapacidad que se distinguen: "Parcial para la profesión habitual: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión. Total para la profesión habitual: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta. Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. Gran invalidez: Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida".
"Los mareos y los vértigos son una causa de incapacidad permanente", según un abogado
Con más de 1.400 visualizaciones, la publicación del abogado laboralista Sebastián Ramírez, con nombre de usuario @leyesconsebas y que cuenta con más de 379.000 seguidores en TikTok y más de 261.000 en Instagram, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y también creador de contenido afirma que "los mareos y los vértigos son una causa de incapacidad permanente".
"Los mareos y los vértigos son una causa de incapacidad permanente. Hay mucha gente, y lo sigo viendo prácticamente a diario, que va a trabajar sin realmente poder. Hay gente que tiene migrañas, dolores en el hombro insoportables, en la espalda... Aun así, no saben que tienen derecho a cogerse a la pensión por incapacidad permanente. Hay situaciones en las cuales verdaderamente no se puede ir a trabajar. En este caso, la Seguridad Social reconoce una pensión de casi 1.300 euros al mes a un trabajador que tenía este problema. Quiero recalcar la integridad y la honestidad que se tiene que tener cuando se va a solicitar una pensión de incapacidad permanente, ya que hay muchas personas que se las rechazan porque, evidentemente, se nota que sí pueden seguir trabajando y entorpecen a aquellos que realmente tienen dolencias, las cuales no les permiten ni levantarse de la cama ni desarrollar su trabajo habitual", explica de manera detallada el abogado laboralista.