madrid - El juzgado de primera instancia número 44 de Madrid desestimó la demanda de un abonado de Telefónica que denunció, en el marco de la demanda colectiva planteada por Facua, la ilegalidad del aumento de precio del servicio Fusión que la compañía aplicó en mayo de 2015, según informó el diario El Boletín. La sentencia considera además que uno de los documentos presentados había sido modificado por la asociación de consumidores con el fin de “confundir”.

Como parte de su argumentación, el demandante presentó una captura de pantalla de la web de Movistar, supuestamente de finales de marzo de 2015, en la que se hacía referencia a la publicidad “precios para siempre”. Sin embargo, el fallo estima que no queda demostrado que esa sea la fecha de la captura y que se trata de un “documento manipulado por Facua con un uso no autorizado de la marca Movistar para inducir a confusión a usuarios y juzgados”.

Así, el juzgado señala que dicho documento no puede ser la razón fundamental para que el cliente decidiera contratar el paquete, como este alega en su demanda. Otro de los argumentos de la sentencia es que resulta “extraño” que un precio se mantenga para siempre “para un consumidor medio con independencia de cuáles sean las circunstancias y de ser este el motivo de la contratación no es lógico que la propia parte actora no exigiese que figurarse por escrito en las condiciones de su contrato”.

Esta sentencia es particularmente dura con Facua, ya que el juzgado le acusa de “manipular un documento con un uso no autorizado de la marca Movistar, para inducir a confusión a usuarios y juzgados”, apunta la sentencia. - D.N.

Una docena de casos. Este no es el primer caso de este tipo. Las sentencias “animadas” por Facua que han terminado desestimando las pretensiones del demandante e imputándole además las costas superan ya la docena, en juzgados de primera instancia de Burgos, Telde, Olot, Pontevedra, Torremolinos o Valladolid.