pamplona - Los clientes que tienen que rubricar un préstamo con una entidad financiera para la adquisición de un inmueble van a disponer de diez días para comprobar toda la documentación antes de proceder a la firma. El próximo lunes entra en vigor la nueva ley de Crédito Inmobiliario que otorga más funciones al notario en la fase anterior a la firma de la escritura. El decano del Colegio Notarial de Navarra, Alfredo Aldaba, manifiesta que “desde ahora el papel de estos profesionales va a ser relevante en la etapa precontractual”.

Recuerda que desde el lunes la persona física que solicita o avala un préstamo hipotecario “contará con, al menos, diez días desde que el banco remite telemáticamente al notario elegido por el cliente toda la documentación del préstamo hasta el día de su firma”. Durante ese plazo, el notario deberá comprobar que el banco ha entregado al solicitante toda la documentación exigida y de manera correcta. “Si observa algún dato erróneo, solicitará al banco que lo subsane”, cuenta. El prestatario podrá estudiar esa documentación y tendrá que acudir al notario para que le aclare las dudas y le asesore de manera gratuita, además de contestar a un test. El consumidor escoge libremente el notario, en Navarra hay 38 profesionales. Con estos cambios, el prestatario debe acudir dos veces a la misma notaría -una para cumplir con este proceso y otra para la firma- y “no puede ser el mismo día”, aclara Alfredo Aldaba. Con la normativa que va a entrar en vigor los consumidores “resolverán sus dudas sin la presión de tener que decidir sobre la marcha y podrán comprender la carga económica y jurídica del préstamo”, dice.

vía telemática Las entidades financieras deben remitir la documentación de las hipotecas vía telemática. “La ley de 15 de marzo de 2019 y su reglamento aprobado por Real Decreto de 26 de abril de 2019 establecen las exigencias que debe cumplir dicha plataforma, como asegurar la conexión con la totalidad de los notarios para garantizar el derecho a la libre elección del consumidor”, detalla Aldaba. El decano remarca que “todos los notarios están conectados a la plataforma oficial del Notariado porque ejercen una función pública y porque a través de ella remiten y recepcionan comunicaciones oficiales con firma electrónica”.

En este punto ha surgido una polémica en España sobre cuál es la plataforma que se tiene que utilizar para que los bancos entreguen la documentación requerida a los notarios. Diego San José, consejero delegado de BC Digital Services, explica que el anteproyecto de esta ley establecía la obligatoriedad de conectar la plataforma de los bancos con la oficial de los notarios; pero esa exigencia se suprimió de la norma y añadió el uso de “medios telemáticos seguros”. Pero, según dice San José, “en un principio, el presidente del Consejo General del Notariado remitió una misiva a los notarios para que descarguen la documentación del préstamo de la plataforma de los notarios”. El Grupo BC, al que representa San José, ha confeccionado una plataforma para este fin que están usando “notarios y bancos”. San José remarca que los notarios son libres de escoger la plataforma y que el consumidor no puede salir perjudicado por esta situación.

El decano del Colegio Notarial de Navarra opina que “el uso de la plataforma informática oficial del notariado es una exigencia expresa de la Ley en garantía de la seguridad del tráfico jurídico y de que el consumidor escoja notario”. Insiste en que “la aplicación para que, a través de la plataforma informática notarial, pueda darse cumplimiento a las obligaciones de la Ley de Crédito Inmobiliario se instaló el 3 de junio en todas las notarías de España”. Aldaba remarca que el “Notariado asume la ley y está preparado”.