La Asociación de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra 'Ehun Ginen Justiziaren Alde-Éramos 100 por la Justicia' ha presentado alegaciones ante el Consejo de Estado para que sean tenidas en cuenta en el dictamen que está elaborando sobre el proyecto de Real Decreto para la estabilización del personal docente no universitario.

Esta asociación navarra fue constituida el pasado verano gracias a la campaña de crowfunding promovida por el Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra (ATPTN) para el ejercicio de acciones legales contra el "abuso de la temporalidad".

Ahora, el Consejo de Estado ha dado audiencia a esta asociación para que presente sus alegaciones ante el dictamen que está elaborando sobre el proyecto de modificación del Real Decreto 276/2007 por que se aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes.

El proyecto de Real Decreto tiene la vocación de desarrollar reglamentariamente la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en el ámbito específico del personal docente no universitario.

En sus alegaciones, la asociación señala que, "a la vista de la singularidad de la legislación navarra en esta materia, razones de calidad y precisión normativa harían aconsejable que el proyecto de Real Decreto incorporara una disposición que previese la especificidad del régimen foral navarro".

Además, considera que "sería conveniente añadir una disposición que impusiera la obligación de la Administración pública de elaborar un estudio detallado de su plantilla, en el que se identificaran concretamente cada una de las plazas que reúnen las características específicas de las disposiciones transitorias cuarta y quinta del proyecto de Real Decreto, y, en el caso concreto de la Comunidad foral de Navarra, la identidad del centro docente de adscripción".

Por otro lado, la asociación señala que "la ejecución de los procesos selectivos que regula el proyecto de Real Decreto conllevarán aparejado el reconocimiento del derecho a una compensación económica para todo el personal docente interino que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación de empleo con la Administración por la no superación del referido proceso". "Por tanto, sería aconsejable que el proyecto contemplara también cuestiones concretas sobre este extremo, tales como los plazos o los procedimientos para hacer efectiva la percepción de la compensación por sus potenciales beneficiarios", añade.

Asimismo, considera que "la limitación a un máximo de diez años de antigüedad como mérito computable constituye en realidad una forma de trato discriminatorio por razón de edad". "Aunque el establecimiento de un límite general de diez años aplicable por igual a todos los aspirantes parece ser un criterio aparentemente neutro, en sus efectos prácticos perjudica a los candidatos o aspirantes de mayor edad según sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea", expone.