El aficionado de la Real Sociedad que admitió haber lanzado piedras contra la Ertzaintza durante los incidentes previos al partido entre la Real Sociedad y el Alavés del 13 de marzo de 2022 ha sido condenado a penas que suman tres años y once meses de cárcel y a pagar una multa de 1.080 euros.
Durante el juicio celebrado el pasado febrero en la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, este joven reconoció que arrojó "dos o tres piedras" contra los policías, aunque aclaró que lo hizo producto del "calentón" y bajo los efectos del alcohol, ya que había bebido "ocho o diez cervezas", si bien se mostró arrepentido y pidió perdón a los agentes afectados.
Ahora, la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, también le obliga a compensar a tres de los agentes lesionados con un total de 1.120 euros, que por otra parte el joven ya había consignado antes de la celebración del juicio.
Fallo apelado
La defensa de este aficionado ha apelado el fallo para pedir que se rebaje la pena impuesta a su cliente porque, según mantiene, ha sido condenado como autor de dos delitos de atentado en concurso ideal con dos delitos de lesiones, cuando en realidad sólo había sido acusado por un delito de atentado en concurso con dos de lesiones.
Además, la defensa recuerda en su recurso que el tribunal ha aplicado al procesado las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño causado lo que debería disminuir en mayor grado las penas.
Por otra parte, la sentencia absuelve de tomar parte en estos incidentes al segundo procesado, un joven catalán que estudiaba en Gasteiz en aquellos momentos y que había acudido a San Sebastián a ver el partido junto a dos amigos alaveses.
Negó haber participado
Este joven negó en la vista su participación en los altercados que, según dijo, presenció desde el interior de un bar junto a sus compañeros, de los que se separó más tarde para acudir al estadio, en cuyo exterior fue detenido tras llamar "escoria" a unos agentes que había en el lugar.
No obstante, la sentencia le absuelve porque la declaración de un agente de la Ertzaintza que aseguró haberlo reconocido como uno de los participantes en la algarada genera en el tribunal "serias dudas" respecto de la "identificación realizada", sin que por otra parte exista "ninguna otra prueba" de la participación del acusado en estos incidentes.
En esta línea, la resolución judicial se pregunta "cómo es posible" que en el momento en el que este policía declaró en instrucción estuviera seguro de la identificación del acusado porque "vestía una mascarilla del orgullo gay y una sudadera de un determinado color", pero durante el juicio afirmara que lo reconoció "porque le vio la cara" y porque en contextos de altercados como los sucedidos "te quedas con la cara de la gente".