Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) hablan del peatón como "la persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías públicas. También se consideran peatones los que empujan cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones o las personas con movilidad reducida que circulan al paso con una silla de ruedas con motor o sin él".
Al igual que los vehículos, los peatones también deben cumplir las normas. Deben, tal y como así lo explican desde la DGT, circular siempre por el centro de las aceras. "Si la calle por la que se camina no tuviera acera o existiese algún obstáculo y fuera totalmente imprescindible pasar por ese tramo, se circulará lo más pegado posible a la pared y a ser posible de cara al tráfico, de esta forma se podrá ver de frente a los vehículos que se aproximan", detallan. En definitiva, "deben circular por los lugares reservados para ellos y no hacerlo por los prohibidos. Lugares señalizados con una señal de obligación o de prohibición".
Desde la Dirección General de Tráfico señalan que "los peatones y los ciclistas son los usuarios más vulnerables. Dos de cada tres peatones muertos son atropellados en ciudad, al contrario que los ciclistas, donde ese mismo porcentaje de fallecidos se produce en vías interurbanas". Por esta razón, este organismo recuerda que los peatones también están sujetos a normas de seguridad vial, y su incumplimiento puede tener consecuencias.
Estas son las sanciones a las que te enfrentas como peatón según la DGT
Pero, ¿qué comportamientos pueden acarrear una multa como peatón? Pues bien, estas son algunas de las infracciones que, como peatón, pueden ser motivo de sanción económica.
- Cruzar la calle por un lugar donde no corresponde, sin haberse asegurado de que se puede realizar sin peligro. 80 euros.
- No obedecer, tanto en carreteras como las autovías o autopistas, las señales de entrada prohibida a peatones. 80 euros.
- "Fuera del poblado, entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, todo peatón, cuando circule por la calzada o el arcén, deberá ir provisto de un elemento luminoso o retrorreflectante homologado", señala el Reglamento General de Circulación. 100 euros.
- Fuera de poblado, no circular por el lado izquierdo de la calzada o el arcén, cuando no exista una zona peatonal habilitada, o dentro de uno en una carretera que no tenga espacio habilitado para los peatones. 100 euros.
- Cruzar la calzada con el semáforo de peatones en rojo. 200 euros.
- El ocupante de un vehículo, al bajarse del coche en una zona no habilitada para ello en la carretera, debe colocarse al otro lado del guardarraíl y ponerse el chaleco reflectante. Si no lo hace, 200 euros de multa.
- Negarse a realizar una prueba de alcoholemia o drogas al verte implicado en un accidente o haber cometido una infracción. Multa de hasta 1.000 euros.