Síguenos en redes sociales:

¿Pueden multarme si llevo auriculares en bici o patinete? Esto es lo que dice la DGT

Dos vehículos que se han posicionado como dos de las formas más seguras, saludables y prácticas de moverse por la ciudad

¿Pueden multarme si llevo auriculares en bici o patinete? Esto es lo que dice la DGTEP

Siguiendo datos del informe 'Las cuentas de la bicicleta', en España hay 35,3 millones de bicicletas, estando presente en el 71% de los hogares. Asimismo, según datos de la Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal ya hay unos 5 millones de patinetes eléctricosen España.

Cada vez son más quienes se mueven en bici o patinete eléctrico por la ciudad

Dos vehículos que "se han posicionado como la forma más segura, saludable y práctica de moverse por la ciudad, realizar deporte o disfrutar del ocio".

Dos medios de transporte que, como no podía ser de otra forma, también está sujetos a una serie de normas. Y es que las carreteras continúan siendo un lugar donde se pierden muchas vidas. Según el balance de siniestralidad vial elaborado por la Dirección General de Tráfico (DGT), el pasado año 202 dejó 1.154 fallecidos en carretera, 14 más que en 2023. Del total de fallecidos, 300 eran motoristas (10 de ellos no llevaban casco), 46 eran ciclistas (14 sin casco), 11 eran usuarios de ciclomotor y tres conductores de vehículos de movilidad personal.

¿Pueden multarme si llevo auriculares en bici o patinete? La DGT responde

En referencia al uso de auriculares por parte de los ciclistas, el Reglamente General de Circulación recoge en su articulo 18.2 lo siguiente: "Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija la RG de Conductores. Se prohíbe la utilización de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares".

Los Vehículos de Movilidad Personal (o VMP, entre ellos, los patinetes eléctricos), por parte, son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Quienes utilicen este medio para desplazarse tampoco puede llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo, tal y como así lo indica la Dirección General de Tráfico.

Según explican los expertos, los principales riesgos de tener tapados los oídos es que no permiten percibir el ruido de los motores, las indicaciones de otros conductores, las sirenas de un vehículo de urgencias, las palabras de un viandante o un simple frenazo.

Una práctica que, no iba a ser de otra manera, es sancionada. La infracción se sanciona con una multa económica de 200 euros, que se quedaría en 100 euros con la reducción del 50%, siempre que se pague antes de los 20 días siguientes a la notificación.