Las viviendas vacías que se graven en Pamplona deben llevar al menos seis meses deshabitadas
El nuevo impuesto exime a las segundas viviendas y se aplicará a partir de la tercera en caso de los particularesLa ordenanza, pendiente del censo foral para su aplicación, se añade a las sanciones para pisos de bancos e inmobiliarias que estén dos años sin uso
pamplona - No se penalizará tener dos viviendas pero ser propietario de tres y no ofrecer la tercera al menos a la bolsa de alquiler social saldrá caro en Iruña. Serán todas aquellas que lleven seis meses sin ocupar. La nueva normativa municipal que se espera aplicar a partir del próximo año gravará en primer término (2019) los pisos vacíos de bancos, inmobiliarias o instituciones eclesiales, es decir, de personas jurídicas. Será para 2020 cuando le toque el turno a los particulares que verán incrementado el recibo de la contribución urbana con este nuevo impuesto, que supone el primer año el 0,5% del valor catastral, un 1% el segundo y un 1,5% el tercer año y sucesivos. En la actualidad, el tipo de gravamen es de un 0,3853%. Teniendo en cuenta que un piso en Pamplona está valorado en catastro en una media de unos 75.000 u 80.000 (depende del polígono al que se adscriba), el recargo supondrá de media 375-400 euros para el primer año de ser declarada sin uso (sin venta ni alquiler), de 800 euros en el segundo año, y de 1.200 en el tercero y sucesivos. Una norma que se sustentará en un censo municipal de pisos vacíos que a su vez depende del que está ultimando el Gobierno para toda Navarra. Las entidades jurídicas que tengan viviendas sin movilizar lo tienen más crudo ya que, en cumplimiento de la nueva normativa foral, si llevan dos años vacías se podrán sancionar con multas que van desde los 30.000 a los 300.000 euros, penalización (que puede llegar a la expropiación) lo que se añade al impuesto local. Esta multa se contempla en el caso de viviendas que lleven al menos dos años deshabitadas.
Por otra parte, la nueva ordenanza de viviendas desocupadas que acaba de aprobar el Ayuntamiento de Pamplona es la primera que se adapta a la nueva ley foral de Derecho a la Vivienda que aprobó el Parlamento foral en 2013. Y la primera que entrará en vigor, a partir del 2019, una vez que el Gobierno foral de luz verde al nuevo Registro de Viviendas Deshabitadas a través de un decreto foral que ultima el departamento de Vivienda y que está previsto aprobar a finales de año. Éste definirá que es para el Gobierno una vivienda desocupada.
La ley destaca que para que una vivienda tanto de particulares como de entidades jurídicas se declare vacía tendrán que transcurrir al menos seis meses antes de que se le aplique el gravamen municipal, y tras rechazar previamente medidas de fomento como el ofrecimiento de la vivienda a la Bolsa de Alquiler. Sólo a partir de ese momento se podrá gravar.
Según destacaron fuentes del departamento de Vivienda, la segunda vivienda en propiedad se considera “segunda residencia” y no será objeto de penalización. En cambio, de entidades jurídicas son todas susceptibles de recargo. El Ejecutivo asegura que desde que se aprobó la ley (recurrida por inconstitucional y revalidada después) muchas entidades financieras han movilizado en el mercado sus inmuebles. La comprobación y control de las que son vivienda habitual y permanente o segunda residencia se realizará conforme a la planificación del Plan bienal de inspección de vivienda, primando las zonas con demanda acreditada de vivienda, las localidades que hayan aprobado su ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre viviendas vacías, y los pisos de personas jurídicas. En caso de particulares, la vivienda habitual será la que conste el empadronamiento del titular o la declarada en el IRPF. En caso de ser titular de dos viviendas se presumirá que está vacía la que tenga mayor valor catastral.
incentivos en la bolsa de vivienda “La filosofía no es punitiva, lo que se pretende es incentivar la bolsa de vivienda de alquiler del Gobierno y que los propietarios ofrezcan sus viviendas en alquiler porque garantiza los impagos, la reparación de desperfectos, se paga el certificado energético, se adelantan 12.000 euros para reformas previas al alquiler a coste cero, se dan tres meses a fondo perdido por alquilarla... El objetivo no es sancionar sino animar a que se alquile o se venda”, destacó Txema Mauleón, del departamento de Vivienda. El Gobierno paga 5 euros por metro cuadrado a más una cuantía por garaje y otra por trastero al propietario de la vivienda vacía para realquilarla a quien lo necesita.
13.000 viviendas vacías en Navarra. Se estima que hay 13.000 viviendas vacías en Navarra. Este dato se extrae de sumar las 8.160 viviendas vacías de particulares (el 24% de un parque de 34.000 de personas físicas con más de una vivienda entre un total de 308.600 pisos) a las viviendas de no residentes y de personas jurídicas.
Exenciones del impuesto municipal. Estarán exentas del impuesto municipal las viviendas cuyos titulares sean personas funcionarias públicas que desempeñen sus funciones fuera de la localidad en la que esté enclavada la vivienda, las que sean de personas trabajadoras desplazadas temporalmente a población distinta de la de su residencia habitual por razones técnicas, organizativas o de producción, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial, o cuando las personas trabajadoras estén sujetas a movilidad geográfica; y aquellas viviendas que hayan sido puestas a disposición de la Administración Pública (Nasuvinsa o la entidad que corresponda) para ser utilizadas como alquiler social. En todo caso, la exención alcanzará a una sola vivienda.
Registro de Viviendas Deshabitadas. La aplicación del impuesto local se devengará por primera vez cuando se dicte la resolución correspondiente declarando la vivienda como deshabitada. Y se cobrará mientras la vivienda figure en alta en el Registro de Viviendas Deshabitadas.
Casos de expropiación por parte del Gobierno. La ley foral que avaló el Constitucional en febrero estima varios preceptos de la ley foral de Vivienda de 2013, como las sanciones contra las entidades financieras que mantengan sus viviendas deshabitadas durante un periodo de dos años y que pueden llegar a la expropiación forzosa siempre que la propiedad haya desatendido una advertencia previa en ese sentido. También declara expropiables aquellas viviendas protegidas cuyos adjudicatarios no las usen como vivienda habitual y permanente. Por contra, el TC declaró inconstitucional la expropiación forzosa de las viviendas que, como consecuencia de un desahucio y tras la celebración de subasta, sean adjudicadas a entidades financieras.