- El Consejo de Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona abordará en su sesión de este miércoles los cambios normativos necesarios para ampliar los usos de parcelas vacías destinadas en principio a actividades comerciales o oficinas en los nuevos barrios residenciales de la ciudad.

En concreto, las modificaciones en el planeamiento posibilitarán que los solares situados en el eje de la avenida de Juan Pablo II puedan transformarse para levantar residencias de mayores o estudiantiles, oficinas y hoteles, apartamentos o restaurantes, y no limitarse a actividades comerciales. El primer cambio que conocerá el Consejo de Gerencia será la aprobación definitiva de la modificación del Plan Parcial del área de reparto ARS-3 que incluye Arrosadia-Lezkairu posibilitando usos dotacionales de residencia comunitaria y asistencial en las parcelas de uso terciario.

Además, se establecen los requisitos estándar para los aparcamientos en el interior de dichas parcelas. La aprobación inicial se realizó en mayo de este año y no ha habido alegaciones durante la exposición pública. La modificación, propuesta por Interceptaros Ballesol SL (firma madrileña que se dedica a residencias y apartamentos para mayores), afecta en concreto a las manzas de las unidades básica L-1, L-6, L-10, L-22 y L-31 (22 parcelas). Persigue que en esas parcelas previstas para oficinas o actividades comerciales situadas en el eje de la avenida de Juan Pablo II puedan darse, además, los usos de residencia comunitaria y asistencial. En los informes municipales se recogía el interés que tiene para la sociedad el que puedan surgir usos de residencia comunitaria y asistencial en este ámbito.

Con la modificación se eliminará, además, la obligación de tener que actuar en más de dos plantas de sótano para poder cumplir con el estándar de aparcamiento privado, igualándose así a las parcelas residenciales. También se incide en que en la memoria presentada por la empresa se dice que ninguna de esas parcelas ha sido desarrollada con el uso y forma establecidos en el Plan Parcial, "lo que pone en evidencia la dificultad de que puedan llegar a colmatarse con actividades terciarias".

De igual modo, en la zona del Sur de Azpilagaña, las parcelas comerciales que están por edificar al oeste de la avenida de Zaragoza y en la parte más próxima a esta avenida abren los usos comerciales para albergar otros como oficinales, residencial eventual, bar y/o restaurante y dotaciones. Con carácter general, el uso de Residencia Comunitaria es un uso prohibido en las unidades básicas comerciales. Sin embargo, el proyecto recoge que los dos edificios previstos en el oeste de la avenida de Zaragoza y la parte más próxima a la avenida de Zaragoza de la parcela comercial de gran dimensión ofrecen buenas condiciones para albergar este tipo de usos (se podría dividir), ya que se encontrarían en continuidad con la trama residencial, junto una vía principal y a pocos metros del parque fluvial del río Sadar. Por ese motivo, en esta modificación se plantea la posibilidad de que pueda darse también el uso pormenorizado Residencia Comunitaria en esas parcelas de uso Comercial. En realidad todas las parcelas que se ordenan en la S-2 de la unidad XIX (Milagrosa) ARS-4 se califican para uso comercial. No obstante, podrán destinarse también, sin ninguna limitación, a usos pormenorizados de oficinas, residencia eventual (apartasmentos turísticos), bar y/o restaurante y dotaciones.