a investigación dirigida por la Policía Municipal de Pamplona para tratar de esclarecer lo ocurrido en la votación del cartel de los próximos Sanfermines se encargará de dilucidar las claves de este asunto. Entre ellas, determinará si los accesos para realizar las votaciones fraudulentas se realizaron desde una IP (dirección de internet) o desde varias distintas (cada móvil tendría una IP distinta, pero si se comparte una wifi sería la misma IP) y si las posibles personas que votaron en nombre de otras, que no habían dado el consentimiento para ceder su DNI ni depositar su voto, accedieron a esos documentos a través de una lista que fuera de acceso público o si lo hicieron a través de listados más restringidos o especializados de personas. Es decir, podrían ser profesionales, trabajadores o también ciudadanos que por su trabajo o por su actividad (pueden ser también clubes deportivos, o peñas o asociaciones), quienes puedan acceder a listados de documentos de identidad de muchas personas. Según el letrado Sergio Gómez Salvador, la manera en la que parece que se ha ejecutado el fraude no responde a un ataque informático, a un ataque de bots por ejemplo, puesto que una acción de ese tipo sería tan masiva que “llegaría a colapsar la web. Más bien lo que parece que ha ocurrido es que alguien ha usado una lista de personas en la que figuraban sus DNI y los ha ido introduciendo uno a uno en la web en la que se efectuaban las votaciones. Ahora, habrá que ver si esas listas se pueden conseguir sin ninguna restricción por ejemplo en Internet o no. Y también la Policía se encargará de aclarar si la IP o las IPs y las personas que han usado esos DNI tienen alguna relación o no con el autor o la autora del cartel al que precisamente se efectuaba la votación”.

De este modo, quien esté implicado en el presunto fraude que se investiga podría tener una responsabilidad penal y también administrativa una vez que se determine el grado de participación en los posibles delitos e infracciones y cuando se conozca el modus operandi. En principio, los especialistas jurídicos consultados por este periódico observan que en esta causa se podría estar ante dos delitos distintos, como el de usurpación de la identidad, es decir usar el DNI de otra persona sin su consentimiento para un fin determinado. Igualmente se podría haber cometido un delito de estafa, aunque sería realmente complicado de probar y acreditar que había un fin económico detrás de esta actividad y que esas personas cuyos DNI se usaron para votar fueron engañadas con dicho fin. Por último, habría una infracción administrativa a la Ley de Protección de Datos si no se usó una lista pública de DNI. También puede darse el caso de que no haya delito o infracción.

“Seguramente lo que se ha hecho es trascribir uno a uno una lista de personas con DNI”

Abogado