El 13 de diciembre de 2019 el Ayuntamiento de Pamplona publicó un anuncio para cubrir la plaza de jefe o jefa del Servicio de Aparcamientos mediante adscripción interina. Se valoraron la experiencia, antigüedad y titulación. No se valoró el conocimiento de euskara.La Ordenanza del Euskara de entonces establecía que se debía valorar el conocimiento de euskara (5% en las plazas sin relación directa con la ciudadanía). Por eso, se interpuso un recurso en el Tribunal Administrativo de Navarra.Dicho tribunal dictaminó el 29 de julio de 2020 que ese tipo de adscripciones son de libre designación, y, por lo tanto, no es posible impugnarlas. No lo discutiremos jurídicamente, pero está claro que juezas y jueces, y en este caso el Tribunal Administrativo de Navarra, siempre encuentran fácilmente argumentos jurídicos para no valorar el euskara. Es difícil conseguir normativas que protejan el euskara, pero aunque se consigan siempre interpretan dicha normativa de tal manera que perjudique al euskara.