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La dificultad de obtener un informe clínico veraz

La dificultad de obtener un informe clínico veraz

En esta sociedad donde el individualismo está en auge y tenemos más ego que realismo, muchas veces erramos al creer que desde las instituciones públicas, más, desde aquellas en las que se supone, y digo supone, porque muchos y muchas habréis vivido que la realidad difiere de ese hipotético, damos por hecho que aquellos derechos legales de los que disponemos se cumplirán porque así ha de serlo, confiamos en la praxis del profesional que nos encontramos delante.

Sin embargo, ¿cuántos de vosotros/as os habéis encontrado ante la dificultad de obtener un informe clínico que refleja la realidad que estáis viviendo, ese que necesitáis para presentar en una mutua, en un juzgado, para pedir una incapacidad o, simplemente, para poderlo contrastar con otro profesional?

Imagino, como me ha pasado a mí y a mucha gente allegada, que no somos pocas las personas que nos quedamos atónitas cuando tenemos que exigir e incluso sentirnos mal ante la resistencia que se nos presenta para concedernos dicho certificado. Por no hablar de las mentiras, omisiones y modificaciones que se realizan una vez que acceden a realizarlo. Por ello, me parece no sólo fundamental, sino imprescindible citar, en el día de la salud física y mental (ya que lo es todos los días) que hay una ley que dicta tal derecho personal y que nunca está de más tenerla presente si alguien se encuentra en esta situación. El artículo 20 del Código de Ética y Deontología Médica de la Organización Médica Colegial (OMC) establece claramente las obligaciones del médico respecto a la emisión de informes y certificados médicos. Según el Código de 2011 (vigente desde 2018), dice que es una obligación de los médicos emitir informes o certificados cuando sea procedente o el paciente (o sus representantes legales) lo solicite, reflejando la atención recibida o los datos de la historia clínica, con un contenido auténtico y veraz.