La vista celebrada en el Tribunal Supremo para revisar las condenas de entre 2 y 13 años impuestas a los ocho jóvenes implicados en el caso Alsasua fue un claro resumen de la realidad jurídica de este proceso. En primer lugar, nunca hubo prueba alguna que avalase la acusación de terrorismo, el argumento que se utilizó para privar a los acusados de su derecho a ser juzgados en el tribunal ordinario y natural de la Audiencia de Pamplona, como defendieron los propios jueces de esta Audiencia. Esa acusación, que ya fue anulada en los sucesivos juicios, tergiversó desde el inicio los hechos y vulneró el derecho a justicia y defensa de los jóvenes. Anulada la principal acusación para trasladar la causa a la Audiencia Nacional, la vista volvió a poner de manifiesto la falta de pruebas objetivas para sostener las acusaciones y aún más para aumentar penas desproporcionadas a los hechos juzgados. Las defensas de los jóvenes de Alsasua pidieron de nuevo su absolución e insistieron en la falta de pruebas -ni las hay de discriminación ideológica ni tampoco de agresión abusiva ni siquiera de la participación de cada uno de los condenados en todos los hechos-, y en la desproporción de las condenas. La Fiscalía -la acusación particular contra los acusados volvió a estar ausente y eso ya dice todo de este proceso- se limitó a elevar su discurso a un ámbito solo ideológico, o lo que pretendiera el fiscal que fuera, sin ninguna validez judicial probatoria. La Fiscalía alegó simplemente que los dos agentes de la Guardia Civil implicados en una trifulca en un bar de madrugada fueron agredidos por su condición de miembros de un Cuerpo “fiel a España, al rey y al pueblo español”. Es un argumento sin valor jurídico alguno que únicamente ratifica precisamente la falta de pruebas que han intentado avalar desde el primer momento el alcance exagerado y manipulado de este caso y su consiguiente proceso judicial y manipulación política y mediática. Más aún si se tiene en cuenta el número de agentes de este mismo Cuerpo “fiel a España, al rey y al pueblo español” condenados por todo tipo de delitos mucho más graves. Puede ser en todo caso una opinión del señor fiscal, pero no una prueba que pueda sostener las condenas actuales. No obstante, la vista en el Supremo ha sido una oportunidad más para que un tribunal ponga punto final a la injusticia y desproporción de este caso. Y a la esperanza de que este tribunal asuma la verdad del alcance de los hechos juzgados y aplique una justicia democrática y garantista. Y también sentido común.