la decisión del Tribunal Supremo de atender de manera muy limitada los recursos de las defensas de los jóvenes de Alsasua y reducir en una mínima parte sus condenas mantiene la desproporción penal de este caso y no corrige los déficits de este proceso judicial exigibles a una justicia garantista y democrática. Y ello pese a que una vez más un tribunal de apelación ha desestimado agravantes, ahora de discriminación y de abuso de superioridad, que se imputaron inicialmente a los ocho condenados, tres de ellos en prisión desde hace tres años y cuatro desde hace casi dos. En realidad, el fallo del Supremo confirma lo que ha sido este caso desde el principio: un exagerado montaje policial, judicial, mediático y político. Pero como en los fallos anteriores que han ido corrigiendo la instrucción inicial, la decisión del Supremo no se atreve a llegar hasta el final de una realidad que cuestionaría todo el proceso. Más aún cuando ya se desestimó en el mismo juicio el delito de terrorismo que solicitó la Fiscalía, y que fue la acusación que derivó el caso a la Audiencia Nacional en contra del criterio de los jueces de la Audiencia de Pamplona y en contra del derecho de los jóvenes a su juez natural. Sin olvidar que han sido sometidos a una aplicación desmedida de la privación de libertad, que ahora se comprueba como otra injusticia que añadir. Una desproporción permanente desde un interés de escarmiento no exento de condicionantes políticos, que nada tiene que ver con la aplicación de la justicia. De hecho, la sucesiva eliminación de las acusaciones más graves y la progresiva reducción de las penas confirman la desmesurada aplicación del Código Penal -sustituido por una especie de Código Postal al ser Alsasua el lugar de los hechos-, como exigen los derechos fundamentales que se preservan en la Constitución. Y también en la jurisdicción internacional. Sin que nadie cuestione que los hechos, como otros similares en todo el Estado, hubieran podido tener unas consecuencias penales, la realidad es que el TS no rectifica esa inadecuada aplicación de penas que, junto con la privación del derecho a ser juzgados por el juez natural, la extensión de la prisión preventiva, la extrema tipificación de los delitos, la obstrucción al derecho de defensa, la falta de pruebas que avalasen desde el inicio el alcance de las acusaciones y aspectos irregulares del procedimiento... deberá hallar respuesta, una vez más, en las instancias judiciales de la UE. Desgraciadamente, el daño causado por la manipulación, la desproporción y la injusticia ya está hecho.