pamplona - En el pistoletazo de salida de la vista oral del caso Osasuna, algunas de las defensas reclamaron que se interrumpiera la carrera desde ya. El tribunal hizo caso omiso de ello. La letrada de Archanco, que anunció que interpondrá recurso de súplica, expuso en las numerosas cuestiones previas formuladas que las partes habían conocido la composición de la Sección Segunda de la Audiencia navarra con solo un día hábil de antelación y que se había vulnerado el derecho al juez natural. Pedía la suspensión para que se anularan los nombramientos. “El razonamiento de la Sala por necesidades de servicio es vago y lacónico para explicar la presencia de dos nuevas magistradas. No hemos tenido tiempo de recusar, ni siquiera de estudiar unas posibles causas de recusación al respecto”, manifestó Sola. Esta cuestión la presentó debido a que dos de los magistrados de la Audiencia encargada de juzgar el caso, José Francisco Cobo y Ricardo González, se encuentran de baja médica y han sido sustituidos por las magistradas Mari Paz Benito, jueza decana de Pamplona y titular de Instrucción 3 (donde investigó la causa principal de Hacienda por impagos al fisco de Osasuna) y Margarita Pérez-Salazar, titular ahora del segundo juzgado de Familia. La Sala le respondió por la tarde desestimando su planteamiento: “Es cierto que ha habido cierta precipitación y premura en la comunicación de la composición de la sala que iba a enjuiciar estos hechos, y que la providencia del 15 de enero presenta aspectos mejorables, pero también es cierto que la designación de las ilustrísimas magistrada que me acompañan en la formación de esta sala se ha seguido conforme a la previsto estrictamente en la ley orgánica del poder judicial”, reconoció la presidenta Raquel Fernandino. Además, señaló que se había estado esperando “a ver si era posible que al menos uno de los dos magistrados de baja pudiera formar parte de la sala, pero no ha resultado posible”. “La premura ha sido debida a la enorme cantidad de testigos y peritos que había que citar, se ha intentado precisamente no aplazar más el juicio, atendiéndonos además estrictamente a las previsiones de la ley orgánica del poder judicial”, indicó, para señalar a los abogados que “no se nos ha dicho en qué les podía causar indefensión la composición de la sala”. “Se podría recusar y haberse solicitado el aplazamiento del inicio del juicio, pero nada se nos ha dicho en ese aspecto”, afirmó Fernandino.

El tribunal desestimó igualmente la petición realizada por Eduardo Ruiz de Erenchun, abogado del exdirectivo Juan Pascual, que también reclamó la suspensión de la vista y que se retrotrajera el procedimiento al momento de apertura de juicio porque no se le había notificado el mismo en persona a su defendido, algo previsto en la Ley. “No hay un menoscabo efectivo, real y material del derecho de defensa” que pudiera justificar esta suspensión. “Y su derecho de defensa no se ve afectado ya que estaba personado en la causa con muchísima antelación y con abogado y procurador”. - E.C.