El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha confirmado este jueves que Osasuna, FC Barcelona, Real Madrid, y Athletic Club deben devolver a las arcas del Estado los impuestos no pagados por haberse beneficiado de un trato fiscal favorable tras haber quedado exentos de la obligación general de transformarse en sociedades anónimas deportivas. Osasuna, no obstante, "prácticamente no tiene cantidades a devolver porque, de lo que se exige desde el año 2000, el club no tuvo bases imponibles positivas".

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En particular, el tribunal de Luxemburgo ha anulado una sentencia anterior que tumbó la decisión de la Comisión Europea que exigía al Estado recuperar ayudas fiscales ilegales de las que se beneficiaron los cuatro clubes que durante 20 años disfrutaron de un tipo fiscal ventajoso del 25% frente al 30% del resto.

El caso se remonta a 2016, cuando el Ejecutivo comunitario consideró que esta norma era contraria a las reglas del Mercado Interior y que se trataba de una ayuda pública ilegal, por lo que ordenó a España que lo suprimiera --algo que hizo ese mismo año-- y recuperase con carácter inmediato los beneficios otorgados a Madrid, Barcelona, Osasuna y Athletic.

Bruselas entonces exigió una multa de hasta 5 millones de euros para cada equipo, aunque la cuantía final debían fijarla las autoridades españolas en el proceso de recuperación de las ayudas.

La decisión de Bruselas fue recurrida por dos de los clubes afectados, FC Barcelona y Athletic Club, y el Tribunal General del TUE estimó el primero, aunque rechazó el segundo, por cuestiones de procedimiento. El Ejecutivo comunitario interpuso entonces un recurso de casación contra este fallo.

Este jueves, el Tribunal de Justicia de la UE ha dado la razón a la Comisión Europea y ha anulado la sentencia anterior del Tribunal General de la UE.

En particular, ha desestimado los cuatro motivos que formuló el tribunal de primera instancia, basados en "unos errores que supuestamente incurrió la Comisión en su examen de la ventaja conferida, en la violación de los principios de protección de la confianza legítima y de seguridad jurídica", en la infracción de un artículo de los Tratados de la UE por no haber considerado que su decisión estaba justificada por "la lógica interna" del sistema fiscal español y en la vulneración de las normas aplicables a la recuperación de las ayudas.

En consecuencia, el Tribunal de Justicia ha desestimado el recurso interpuesto por el FC Barcelona y ha dado validez a la decisión de la Comisión Europea.