pamplona - El Plan Pamplona Ciudad 30, que se redactará en los seis meses siguientes a la aprobación de la ordenanza, determinará la aplicación progresiva de la limitación de velocidad y su reducción general de 50 a 30 kilómetros por hora, es decir, dibujará el plano práctico de aplicación. Mientras tanto, la velocidad máxima que no deberán rebasar los vehículos en vías urbanas y travesías se establece, con carácter general, en 50 kilómetros por hora.

La Ciudad 30 diseña una serie de viales de tráfico intenso de acceso perimetral desde el exterior a los diferentes barrios en las que se puede circular a velocidades superiores (50 km/h).

Una vez dentro de esos barrios, la velocidad se reduce a 30 kilómetros por hora para mejorar la seguridad y la convivencia con otros modos de desplazamiento, como pueden ser la bicicleta o las personas que van andando. Incluso en algunas zonas como las peatonales la relación se invierte, teniendo el peatón la prioridad y el protagonismo sobre el resto de modos de transporte.

La concejala delegada de Seguridad Ciudadana Itziar Gómez comentó ayer que esta nueva normativa “responde a las necesidades actuales de mejora de la seguridad vial de la ciudad” y destacó que va a suponer un replanteamiento importante de la vía pública, de calzadas y aceras poniendo en el centro la seguridad peatonal.

“Hablamos de la reducción y el calmado de tráfico convirtiendo a Pamplona en una Ciudad 30; de la pacificación y el aumento de seguridad en las aceras, sacando las bicis y los patinetes; y el aumento de la visibilidad de los plazos de cebra con la retirada de las plazas de aparcamiento”, comentó la edil de Geroa Bai.

calle peatonal o residencial La ordenanza define conceptos de las distintas calles en las que se dividirá la ciudad. Zona de prioridad peatonal es aquella vía pública en la que la prioridad corresponde al peatón. En ella se limita la velocidad de los vehículos, pudiendo estar restringida total o parcialmente la circulación y/o el estacionamiento de los mismos.

Zona peatonal es aquella en la que parte de la vía, elevada o delimitada de otra forma, está reservada a la circulación de personas a pie, y que incluye acera, andén y paseos. En ella está prohibida la circulación y el estacionamiento de vehículos.

Se entiende por calle residencial aquella zona de circulación especialmente acondicionada destinada prioritariamente al tránsito peatonal, con una velocidad máxima para los vehículos de 20 km/h. En las calles residenciales los vehículos no pueden estacionarse más que en los lugares designados por señales o por marcas y las personas a pie pueden utilizar toda la zona de circulación. Los juegos y los deportes están autorizados en ellas, pero no se dificultará injustificadamente a las personas conductoras de vehículos el paso.

Zona con velocidad máxima limitada a treinta (30 km/h) es aquel espacio especialmente acondicionado y señalizado en la que, la velocidad máxima en la banda de circulación es de 30 km/h. La prioridad en ella corresponde al peatón.

Se modifica también lo relativo a vehículos de transporte colectivo interurbano que, con carácter general, solo podrán efectuar el acceso o salida de viajeros en la estación de autobuses, salvo las autorizaciones expresas.

turismo En cuanto al transporte turístico, se señalizarán paradas de dos tipos para esos autobuses: la permanencia en estas paradas no superará los 15 minutos, debiendo permanecer en todo momento en conductor en el autobús con el motor parado; estas paradas estarán señalizadas, pudiendo ser exclusivas o compatibles con carga y descarga.

El Post-it

Registros de bicicletas. El Ayuntamiento de Pamplona creará un registro de bicicletas, de inscripción voluntaria, con la finalidad de prevenir los robos o extravíos de las mismas y facilitar su localización. Podrán registrar sus bicicletas las personas mayores de 14 años. Las de menores de 14 podrán ser inscritas a nombre de sus progenitores o tutores.

Visibilidad en los pasos de peatones. Se realizará a través de pintura y bolardos y también se estrechará la calzada para “garantizar la sensación de calmado de tráfico”. En este espacio también se plantea instalar aparcamientos de bicis o motocicletas, respetando 2,5 metros al paso de cebra.Tarjetas discapacitados. Se establece una tarjeta de estacionamiento en determinadas zonas en las plazas reservadas a personas con discapacidad (por ejemplo, en hospitales o centros de salud).

Semáforos para bicis. Contarán con una luz amarilla intermitente con la silueta de una bici, que se podrán ubicar en pasos peatonales semaforizados fuera de las intersecciones y que dispongan de zona de detención.

Pasos específicos para ciclistas. En ellos no será necesario echar el pie a tierra, sino que bastará con reducir la velocidad, comprobar que no vienen vehículos y pedalear para atravesarlo, disponiendo de prioridad de paso respecto al resto de vehículos que circulen por la calzada.

Eventos deportivos en vías públicas. La ordenanza detalla el procedimiento de autorización, solicitud y concesión, así como la exigencia de personal auxiliar, la fianza, la reserva de espacio o la señalización del recorrido. La solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de 2-3 meses desde la fecha prevista para el desarrollo de la actividad y se formalizará mediante instancia normalizada.

Datos movilidad 1996

A pie43,7%

Transporte público14,4%

Vehículo privado36,8%

Otros modos5,1%

Datos movilidad 2013

A pie42,1%

Transporte público12,7%

Vehículo privado41,1%

Otros modos4,1%

39

En el periodo de alegaciones se han recogido 39, de las que se han aceptado 18, que han afectado a un total de 57 artículos de los 96.