El Tribunal Supremo ha ordenado mediante una sentencia que dos agentes de la policía local de Pamplona obtengan una plaza en la Guardia Urbana de Barcelona, ya que en 2017 fueron excluidos de una convocatoria de plazas que solo aceptaba a agentes de cuerpos policiales catalanes.

Los dos agentes de la policía local de Navarra pidieron en mayo de 2017 una de las 49 plazas que el ayuntamiento de Barcelona ofreció en aquel momento mediante un decreto a agentes de otras policías locales de Cataluña. Ellos dos, al pertenecer a un cuerpo situado fuera de la comunidad autónoma catalana, fueron excluidos del proceso.

Ante ello, y representados por el sindicato de empleados públicos CSIF, interpusieron un recurso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que les dio la razón mediante una resolución de 2020 que obligaba al ayuntamiento barcelonés a otorgarles una plaza de las 49 que habían ofertado para policías locales de otros municipios.

No obstante, tanto el ayuntamiento de Barcelona como la Generalitat de Cataluña recurrieron dicha sentencia alegando que el decreto de convocatoria de esas plazas restringía el acceso a policías locales de Cataluña y alegando que ello no contravenía el principio de igualdad reflejado en la Constitución.

Finalmente, el Tribunal Supremo ha vuelto a dar la razón a los policías locales argumentando que un decreto de movilidad entre cuerpos policiales, como el de este caso, no puede poner mayores restricciones a los candidatos que los requisitos de acceso inicial al cuerpo, ya que en las convocatorias de plazas de Guardia Urbana abiertas a toda la ciudadanía no se exige residir en Cataluña para poder participar.

Además, el alto tribunal añade que ninguna de las leyes que regula los concursos de movilidad policial -la Ley Orgánica de cuerpos de seguridad del estado y el Estatuto básico del empleado público- prevén la posibilidad de establecer una restricción geográfica de participación.

Por ello, resuelve que los dos policías locales de Pamplona tenían derecho a pedir una plaza de la convocatoria de 2017, declara la "nulidad parcial" de la lista con que se resolvió aquel concurso y obliga al ayuntamiento a incluirlos en dicha lista y, por ello, a otorgarles una plaza de la Guardia Urbana a ambos agentes.