Como miembro del Comité para la Prevención de la Tortura y los tratos inhumanos o degradantes del Consejo de Europa, un organismo con potestad para acceder sin previo aviso a centros penitenciarios y comisarias y evaluar el sistema judicial y policial español, ha estado en España en varias ocasiones. Su último informe, elaborado tras la visita que hizo el CPT en 2007, vio la luz hace dos semanas tras la autorización dada por el Gobierno español. Un desfase de cuatro años que según admite acrecienta las dudas sobre las garantías que ofrece el sistema español a los detenidos.

Siguen denunciando la existencia de muchas deficiencias en el sistema judicial y policial español. ¿Qué es lo que más le preocupa?

Sobre todo hay dos problemas. El primero se refiere a la lógica del sistema y le doy un ejemplo. La ley que regula la responsabilidad penal de los menores en España. Es una buena ley, con muchas salvaguardas, muy buen escrita. Pero incluye un artículo, el 17.4, que prevé el régimen de incomunicación para los menores. Cuando abres la puerta a la detención en incomunicación para los menores todas las medidas de salvaguarda que previamente habías previsto dejan de tener consistencia. Ya tenemos muchas dudas sobre el régimen de incomunicación para los adultos pero en el caso de los menores es algo que va fuertemente en contra del espíritu de otros artículos de la misma ley.

¿Y el segundo problema?

La aplicación de la ley. Hay muchas disposiciones sobre el papel, como el acceso efectivo a un abogado, pero en España la situación es muy problemática en el caso de algunos colectivos de detenidos. En general, sí se les ofrecen las garantías desde el momento de la detención pero cuando hablamos de colectivos muy específicos como los extranjeros, socialmente muy débiles porque no entienden la legislación, o los detenidos en el contexto de la lucha contra el terrorismo hay un riesgo de que las medidas de salvaguarda no se apliquen plenamente.

¿Ha cambiado algo la situación?

Ha mejorado pero todavía hay margen para que lo haga mucho más. Y una cuestión difícil es ¿por qué las autoridades españolas han decidido publicar ahora el informe de una visita que se realizó en 2007? Es algo muy malo para la democracia. No estamos hablando de un país que se haya unido recientemente al Consejo de Europa. Hablamos de uno de los pilares del Consejo de Europa. Los países democráticos deberían ser ejemplo a otros países más jóvenes y publicar mucho más rápido sus informes.

¿Quizás porque han anunciado que volverán a visitar España en 2011?

Puede ser, sí. Como han sido informados de que a lo largo de este año habrá una nueva visita han dicho: ¡todavía tenemos que publicar el anterior! Es muy importante para las organizaciones no gubernamentales tener acceso a este tipo de informes. No diré inmediatamente pero sí en un período breve.

¿Cómo valoran la situación en los centros penitenciarios del País Vasco y el trato dado por las autoridades policiales a los detenidos?

En general, tanto en España como en el País Vasco, las administraciones de prisiones tienen un actitud positiva a la hora de buscar soluciones a los problemas detectados. Hay centros penitenciarios muy obsoletos con materiales inaceptables, pero los interlocutores admiten la existencia de problemas y tratan de discutir con nosotros sobre las posibles soluciones. En relación con las operaciones de la Guardia Civil en el centro de Intxaurrondo, o en Madrid, en Guzmán el Bueno tenemos muchas dudas porque en estos casos hablamos de detenciones bajo el régimen de incomunicación. Tenemos dudas sobre la grabación de todas las fases de las detenciones, no conocemos la identidad de los agentes responsables de la detención... Si no tienes la grabación del interrogatorio, la gente, la operación, el lugar, ni la hora es muy fácil no poder refutar las alegaciones de torturas y maltrato. No voy a decir que todas las alegaciones tienen base, puede que muchas de ellas no sean verdad, pero las autoridades españolas por el mero hecho de no realizar grabaciones no están en disposición de rechazar las acusaciones. La grabación de los interrogatorios es una medida adecuada para proteger tanto a los detenidos como los agentes.

Las denuncias contra la incomunicación llevan años en sus informes. Aún así las autoridades españolas siguen aplicándola.

Ha habido alguna pequeña mejoría. Por ejemplo, algunos jueces de la Audiencia Nacional permiten el acceso a médicos de la confianza de los detenidos o a abogados. Así que creo que no tenemos la puerta completamente cerrada con las autoridades españolas. Es verdad que siguen repitiendo que consideran que no hay necesidad de cambiar el sistema pero deberíamos por lo menos saber dónde está el detenido en todo momento y qué agente le custodia.

En sus informes mencionan varios casos de detenidos en el País Vasco que denunciaron torturas. En los últimos meses hemos asistido a varias sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenando a España por no investigar.

Algunos casos simplemente no se pueden investigar. Por ejemplo, ¿por qué en un caso en que se transfirió a un detenido a Madrid el viaje duró más tiempo del necesario? ¿Quiénes fueron los agentes encargados de llevarlo? ¿En qué furgoneta o coche se le trasladó? ¿Hay algún informe? No tenemos nada y cuando la persona alega que fue maltratada durante el trayecto, que le sacaron del coche, ¿cómo investigar un caso así si no tienes nada? Deberíamos obtener de las autoridades españolas más transparencia sobre nombres, procedimientos y grabaciones de todas las fases de la detención.

En su último informe también critican la situación en la cárcel Nanclares de la Oca.

Recibimos varias alegaciones e identificamos varios problemas. Uno en relación con la coerción utilizada contra los presos. Se ataba a los detenidos durante largos períodos de tiempo sin ningún tipo de supervisión. Es algo muy preocupante. También hubo un segundo problema en relación a una denuncia de acoso sexual en 2005. La persona implicada era el subdirector de seguridad que fue retirado de su puesto y juzgado aunque más tarde recibimos información de que fue absuelto. La situación en la prisión debido a estos casos era muy tensa y con mucha violencia entre los presos, lo contrario de lo que ocurría en Martutene. No se entiende por qué a pocos kilómetros la situación es completamente distinta.

Se dice que una de las consignas de ETA a sus miembros es que denuncien torturas si son detenidos. ¿Cómo deberían reaccionar los jueces?

El artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos contempla que las autoridades judiciales deben reaccionar positivamente ante cualquier alegación de maltrato o tortura. Pero no hemos encontrado una actitud muy proactiva del sistema judicial. Algunas veces los detenidos alegan maltrato y no hay una reacción adecuada. En uno o dos casos hemos comprobado que la persona que fue llevada ante el juez tenía heridas, fueron incluso grabadas cuando esa persona fue trasladada a la cárcel pero durante la audiencia el juez no prestó atención a las señales. Así que tenemos que trabajar para que haya una actitud más proactiva..

Hace unos años vimos fotos de Unai Romano y su cara completamente desfigurada. ¿Han analizado este caso?

Prefiero no hablar de casos individuales.

¿Tiene España una imagen más dañada que la de otros países europeos en relación con la tortura?

España es un interlocutor muy importante en la escena europea y espero que mejoren y cumplan con las obligaciones pero todavía hay margen para mejorar. Pero el hecho de que haya tantas alegaciones en contra es un problema.