La fiscal imputada junto a García Ortiz pide su exoneración al Supremo
La fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, defiende que "diversos medios de comunicación" tuvieron conocimiento de los 'emails' de González Amador antes que ella y señala los "evidentes errores" del magistrado al fijar los hechos
La fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, ha pedido a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que corrija la decisión del magistrado Ángel Hurtado de acordar su procesamiento por un presunto delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
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En el recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, reclama que se revoque el procesamiento, "decretando en su lugar el sobreseimiento libre o, subsidiariamente, provisional de la causa". Además, solicita que suspenda el plazo de presentación de escritos de acusación o de peticiones de archivo hasta que resuelva su solicitud.
La defensa, a cargo del letrado Daniel Campos, sostiene que "diversos medios de comunicación" tuvieron conocimiento de que el abogado de González Amador había ofrecido reconocer dos delitos a cambio de un pacto con Fiscalía "con carácter previo" a que Rodríguez lo supiera y "antes de que" enviara correo alguno al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por orden de éste.
Así las cosas, defiende que "resulta imposible materialmente" que la copia del correo en el que se ofrece dicho pacto –que envió a García Ortiz a las 21.59 horas del 13 de marzo de 2024– fuera el origen de las noticias publicadas los días 13 y 14 porque varios medios tenían la información desde "antes". Y alega que "una vez revelada y divulgada la información, no era ya apta para ser considerada" secreta.
"Evidentes errores"
En 54 folios, expone los "evidentes errores" del magistrado al fijar los hechos. Incide en que Rodríguez "ni redactó ni realizó modificación alguna, ni emitió, ni publicó ninguna nota informativa", ni filtró ningún 'email'.
Según explica, "se limitó a realizar un examen superficial de un borrador elaborado por terceros" que fue publicado a través del gabinete de prensa de la Fiscalía Superior de la Comunidad de Madrid.
Con todo, apunta que "nada hubiese pasado" si hubiera participado en la difusión ya que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) atribuye a los fiscales el deber de informar a la opinión pública".
Sobre el mensaje que envió a García Ortiz en el que decía "aunque dan ganas de incorporar un poquito de cianuro" a la nota, asegura que esa expresión "probablemente desafortunada" fue un "comentario en una conversación privada como una forma de descargar tensión".
Además, incide en que el fiscal general no le pidió su opinión --ni tenía por qué hacerlo-- sobre la procedencia de dar determinados datos o divulgarlos mediante una nota.
"Imposible" que Lastra avisara
La defensa recuerda que "ningún miembro de la carrera fiscal puede ni debe cuestionar las razones por las que su jefe --y mucho menos el fiscal general-- desea conocer el contenido de una actuación", así como que tampoco conoce "la razón por la que un superior jerárquico requiere una información".
Al hilo, recalca que, "siendo el fiscal general quien da instrucciones para que se le remitan los correos (...), la instrucción aparece como legítima, sin que exista atisbo, duda o indicio alguno de que pudieran filtrase". Y subraya que Rodríguez "ha dado cuenta en centenares de ocasiones de asuntos de todo calado, sin que ello haya supuesto ninguna irregularidad".
"¿Por qué en esta ocasión habría de representarse que se iba a hacer un mal uso de los datos que le fueron requeridos?", plantea para añadir: "¿Se lo planteó Julián Salto?, ¿se lo planteó Virna Alonso?, ¿se lo planteó Diego Villafañe?, ¿se lo planteó Almudena Lastra? Evidentemente no. Ni mi representada ni ninguno de los 2.700 fiscales que componen la carrera fiscal se plantea cuando su jefe le pide que informe sobre cualquier asunto que se va a hacer un uso ilícito", zanja.
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En todo caso, sostiene que "resulta materialmente imposible" que la jefa de la Fiscalía Superior de Madrid, Adriana Lastra, advirtiera a Rodríguez para que no reclamase al fiscal Julián Salto los 'emails' "porque los van a filtrar", "tal y como recoge el auto impugnado".
Y ello, explica, porque "la primera conversación telefónica entre Rodríguez y Lastra se produce a las 21.07 horas del días 13 de marzo de 2024, cuando todavía no se conocía (...) la existencia de correos cruzados entre Salto y Carlos Neira", el abogado de González Amador en esa causa.
Precisa que, "según la propia UCO, es a las 21:34 horas –después de la publicación de la información de 'El Mundo' que transcribía un correo electrónico–" cuando Rodríguez "recibe una llamada del fiscal general, donde le ordenaría recabar" los 'emails' entre Salto y la defensa del novio de Ayuso.
"No es posible ni por tanto creíble que Lastra hiciera advertencia alguna a Rodríguez sobre la remisión de unos correos que todavía no se le habían requerido, y lo que es más importante, eran unos correos de cuya existencia mi representada a las 21:07 horas no tenía ni idea", subraya.
"Deber del fiscal"
La defensa reprocha a Hurtado que "omita" que los fiscales tienen el deber de "informar a la opinión pública". Apoya su argumento en la sentencia del propio Supremo sobre la demanda civil del novio de Ayuso contra la vicepresidenta primera del Gobierno español y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, donde dice que González Amador "es un personaje público en tanto que es la pareja de la presidenta de una comunidad autónoma y, al parecer, conviven en un piso que es objeto de comentario constante en los medios de comunicación sobre el origen de los fondos con los que se sufragó".
La defensa enfatiza que, "a raíz de la revelación del correo de 12 de marzo de 2024 realizada por Neira a su cliente, y de su cliente al director de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, se generó una información tergiversada o directamente inventada que descalificaba la labor profesional de los fiscales", por lo que "lejos de ser reprochable" era "oportuno" y urgente que la Fiscalía lo atajara.
"Inferencia"
A todo esto suma que, tras más de un año de instrucción, "no se ha podido determinar con la debida certeza si la filtración del correo de 2 de febrero de 2024 --parece obvio que la filtración del correo de 12 de marzo tenía su origen en el entorno del querellante en esta causa-- procedía de la Fiscalía General".
Considera que es una "inferencia" de la UCO y de Hurtado "tan sólo a partir de las horas de recepción de los correos por parte del fiscal general" y la hora en que informó la Cadena SER.
Sobre esto, incide en que, "a resultas de lo instruido, es incuestionable" que "el día 6 de marzo de 2024 ya había habido una filtración del procedimiento seguido contra Maxwell Cremona y González Amador", porque la jefa de prensa de la Fiscalía General testificó que recibió llamadas de periodistas preguntando por ese asunto.
"Entorno" de González Amador
Asimismo, la defensa afea al magistrado que limite la obligación de reserva "sólo" a la Fiscalía, "sin que haga ningún reproche cuando la brecha al círculo de confidencialidad la causa el abogado".
Sostiene que se "ha acreditado de forma incuestionable" que una copia (pantallazo) del correo de 12 de marzo de 2024 fue remitido por Neira a González Amador, que "minutos después" se lo reenvió al jefe de gabinete de Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, así como que tanto el empresario como éste último "hablaron" con 'El Mundo', de lo que destila "notables indicios" de que "el entorno" del querellante era la fuente del citado diario.
Por último, hace referencia a la "valoración claramente negativa" del magistrado sobre el hecho de que García Ortiz borrara sus mensajes o cambiara de móvil. Aunque dice que ello se encuentra "dentro de los límites del derecho de defensa", incide en que Rodríguez sí contestó a todas las preguntas del magistrado y "no ha borrado ni uno sólo de sus mensajes o correos".
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