La Audiencia Nacional ha requerido a la abogada de presos de ETA Arantza Zulueta que ingrese en prisión para cumplir la pena de 7 años que le fue impuesta como líder del considerado frente jurídico de la organización, Halboka, después de que el Tribunal Supremo haya ratificado la sentencia. La sección cuarta de lo Penal da un plazo de diez días naturales a la letrada, condenada por integración en organización terrorista y depósito de armas y explosivos, para su entrada en prisión, al igual que al abogado Jon Enparantza, condenado en la misma causa a 4 años de cárcel, en su caso únicamente por integración en ETA.
A ambos, la Sala les advierte que de no cumplir con lo acordado en este auto, en el que se procede a ejecutar la sentencia una vez declarada firme, se dictarán las correspondientes órdenes de busca y captura contra ellos para hacer efectivo el ingreso en prisión.
En este mismo procedimiento fueron también condenados los abogados Naia Zuriarrain e Iker Sarriegui, a quienes el Supremo rebajó sus penas de prisión de 3 años y medio a 2 años y de 3 años a 1 año y medio, respectivamente, al considerar que su responsabilidad era de menor gravedad en la estructura investigada y sin conexión con actividades violentas. A ellos dos, los magistrados les plantean la posibilidad de solicitar la suspensión de la condena, al no ser esta finalmente superior a los dos años de cárcel. En el caso de que les hubieran sido impuestas responsabilidades pecuniarias, sus abogados deberán informar al tribunal, entre otros aspectos, sobre la forma de cumplimiento, si solicitan su aplazamiento y en qué términos, así como el plazo máximo para su cumplimiento.
Según recoge el auto, los cuatro fueron detenidos el 14 de abril de 2010 y cinco días después el juez de instrucción decretó su ingresó en prisión provisional hasta el 3 de diciembre de ese mismo año en el que quedaron en libertad bajo fianza de 20.000 euros.
Zulueta y Enparantza ya fueron juzgados en otro procedimiento como responsables del órgano KT –la coordinadora del llamado frente de cárceles o de makos– , juicio que se saldó con un acuerdo de conformidad con la Fiscalía –que pedía para ellos 14 años de cárcel– y la Asociación Víctimas del Terrorismo. Ambos fueron condenados a 3 años y medio y 2 años y 7 meses de cárcel, respectivamente, a cambio de reconocer su labor para mantener la cohesión de los presos y, tras descontarles el tiempo en prisión preventiva a raíz de su detención en 2014, cumplieron los meses que les quedaban para completar la condena pactada.
RECHAZO DE EH BILDU
EH Bildu ha rechazado la decisión de la Audiencia Nacional porque es “un fallo absolutamente anacrónico” que supone “un retorno a escenarios del pasado”. Esta decisión “choca frontalmente con la voluntad mayoritaria de la ciudadanía vasca, la cual apuesta de manera abrumadora por la superación del conflicto político y de todas sus consecuencias”, ha asegurado la formación abertzale en un comunicado.
“El Estado profundo vuelve a evidenciar su clara intención de imponer, desde las togas, un retorno a escenarios del pasado” mientras que “Euskal Herria y la sociedad vasca en su mayoría miran al futuro y a la construcción compartida de la paz y la convivencia”. Esa convivencia, ha añadido EH Bildu, “pasa por la superación de toda excepcionalidad en materia penitenciaria, en definitiva, por vaciar las cárceles y, en ningún caso, por llenarlas”.