FUe un homicidio o un asesinato. ¿Existió dolo, es decir, intencionalidad o no en la conducta de José Diego Yllanes Vizcay cuando le quitó la vida a la joven enfermera de Irún? Mientras que las acusaciones dan por sentado que el procesado actuó de forma deliberada, tanto el propio acusado como su defensa intentarán alegar que en la motivación de sus actos no existió disposición hacia el asesinato.
De las declaraciones que el imputado ha prestado en instancias judiciales se desprende que José Diego Yllanes se aferrará durante su interrogatorio al hecho de que la muerte de Nagore Laffage se produjo de forma involuntaría. Previsiblemente repetirá en la vista del martes que intentó evitar que la joven gritara ante un malentendido y que por eso le tapó la boca, según él mismo manifestó durante la instrucción. Sin embargo, la autopsia y el modo en que falleció la víctima, por asfixia, no sería coincidente con este testimonio, según las fuentes judiciales consultadas.
Otra de las cuestiones que definirán la condena y que deberá determinar el jurado será si el procesado, José Diego Yllanes, estaba o no influenciado por la ingesta de bebidas alcohólicas cuando estranguló a la joven de Irún. La celebración de las fiestas de San Fermín eran un marco idóneo para ello. En este punto serán capitales los testimonios de los testigos que estuvieron con el acusado durante la noche del día 6 y también de aquellos que lo observaron antes de marcharse con la víctima a su domicilio.
en un arrebato En cuanto a la posibilidad de que José Diego Yllanes Vizcay hubiera sufrido un arrebato o momento transitorio de enajenación mental, el acusado fue sometido a varios estudios psiquiátricos durante la instrucción que servirán de referencia para los jurados populares. Entre los expertos que le examinaron figuran los peritos forenses designados por el Juzgado de Instrucción, cuyo informe se expondrá en la vista.
Una de las pruebas que pueden resultar decisivas son las llamadas que Nagore Laffage efectuó desde el teléfono móvil del acusado minutos antes de que se produjera su muerte. Entre el listado de conexiones figura una llamada que realizó al teléfono de su madre y otra a la sala de SOS Navarra 112 para solicitar ayuda. De esta última llamada existe una grabación en la que podría escucharse a la víctima demandar auxilio.
Por el momento, la estrategia de la defensa queda reservada para la propia vista. El abogado pamplonés Eduardo Ruiz de Erenchun presentó un escrito de calificación provisional que era disconforme con todas las acusaciones, sin entrar a definir un relato de hechos ni una tipificación de los mismos. Esperará a la celebración del juicio para solicitar la condena por un homicidio o un asesinato con atenuantes.