Si le pica la curiosidad por leer las cartas que le llegan a su ex mujer o ex marido a su domicilio trate de que se le pase. Abrir la correspondencia de su ex pareja es causa de delito. Y si no que se lo pregunten a A.A.R., una vecina de Estella de 30 años, que ha sido imputada por un delito de descubrimiento y revelación de secretos por abrir cartas que recibía su ex marido en el domicilio que ambos habían compartido anteriormente.
Los hechos se iniciaron el pasado viernes, 13 de agosto, cuando un familiar de la supuesta víctima denunció los hechos ante agentes de la comisaría de la Policía Foral en Estella. Según el relato y las pruebas aportadas por la persona denunciante, A.A.R. habría estado abriendo de forma continuada cartas con facturas, dirigidas a su ex pareja. Este correo llegaba a su vivienda, en la que ambos habían vivido juntos hasta hace un tiempo.
Los agentes de la Policía Foral requirieron la presencia de esta mujer en la comisaría de Estella, en la que se presentó y reconoció los hechos que se le imputaban, tras lo que fue puesta a disposición judicial.
regulado por el código penal El delito de descubrimiento y revelación de secretos viene regulado en los artículos 187, 198, 199, 200 y 201 del Código Penal. Aunque no sea el caso, la realidad es que el mayor uso de las nuevas tecnologías ha fomentado cada vez más los delitos que afectan al derecho fundamental a la intimidad, como es el de descubrimiento y revelación de secretos.
Según el Código Penal, el que "para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.