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Condenados dos directivos por la muerte de un trabajador que cayó de una escalera en Pamplona

avelino núñez MURió en 2007 cuando colocaba un rótulo a 4 metros DE ALTURA EN UN LOCAL Los administradores de la empresa fueron multados con 2.060 euros por un delito de homicidio por imprudencia grave

PAMPLONA. Dos directivos, M.F.D., administrador único, y A.A.L.F., director administrativo, de una empresa de rótulos catalana fueron ayer condenados por el Juzgado de lo Penal número 4 de la capital navarra a seis meses de prisión cada uno por el delito de homicidio por imprudencia grave al haber fallecido en accidente laboral uno de sus trabajadores en Pamplona en octubre de 2007. La pena, que aprecia la atenuante muy cualificada de reparación del daño, fue sustituida por una multa de 2.060 euros para cada imputado, que se conformaron en la vista oral con la rebaja de penas del fiscal. Así, quedaron absueltos del delito contra los derechos de los trabajadores del que estaban acusados.

En la calificación se observaba por parte de la acusación pública "falta de formación" por parte de la empresa hacia los trabajadores. El fiscal señala en su escrito que "sobre las 16.00 horas del 2 de octubre de 2007, Avelino Núñez Carballo, trabajador de la empresa Rótulos Mace S.A., de Hospitalet de Llobregat (Barcelona), se encontraba colocando un rótulo luminoso en el local que constituía la sede del Deutsche Bank (calle Paulino Caballero), en compañía de M.A.O.G., también trabajador de la empresa. Para ello, mientras éste se encontraba sobre el techo de la furgoneta de la empresa, Avelino Núñez se encontraba subido a una escalera de tijera, a caballo en la parte superior de la misma y a una altura mínima de 3,65 metros".

Ambos trabajadores se encontraban sujetando el rollo del rótulo para desenrollarlo y empezar su colocación. En un momento dado había que realizar un esfuerzo horizontal, "lo que provocó el movimiento de la escalera donde se encontraba Avelino Núñez causando el desequilibrio del mismo y cayendo de cabeza contra el suelo de la acera, lo que le produjo lesiones de extrema gravedad" y el posterior fallecimiento.

El escrito continúa que "según acta levantada por la Inspección de Trabajo, el método y la organización del trabajo usados por la empresa para la que trabajaba eran inadecuados por cuanto se utilizaba una escalera de tijera para realizar trabajos a más de 3,50 metros de altura en el que se necesitaban realizar esfuerzos dinámicos y la utilización de las dos manos, sin utilizar arnés de seguridad y sin haber previsto previamente los anclajes del mismo. La empresa deberá realizar un nuevo procedimiento operativo de seguridad para la tarea de instalación de rótulo y para el uso de escaleras de mano. De este procedimiento deberá darse formación a los trabajadores. Además, la longitud de la escalera de tijera era insuficiente para la altura del trabajo a realizar teniendo que situarse el trabajador peligrosamente en los tres últimos peldaños de la misma. Además, no se debe utilizar el techo de la furgoneta, sin protección perimetral como plataforma de trabajo", apunta el fiscal.