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Condenado por doblar una señal y causar un accidente mortal

DOS AÑOS DE PRISIÓN PARA UN ALAVÉS DE 31 AÑOS, QUE EN 2010 PROVOCÓ EL choque DE ANDONI PARDO EN ARGUEDAS

Condenado por doblar una señal y causar un accidente mortalFoto: d.n.

pamplona. Un alavés de 31 años, Jon C.M., ha sido condenado a dos años de prisión como autor de un delito de homicidio por imprudencia, al provocar un accidente mortal tras volcar una señal de tráfico en una calle de Arguedas, en julio de 2010. La sentencia, que puede ser recurrida, ha sido dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona, tras estimar la atenuante analógica de embriaguez. En el siniestro perdió la vida el joven arguedano Andoni Pardo Cuartero, de 17 años, que circulaba en una motocicleta que colisionó con el mástil de la señal. El condenado, nacido en Barakaldo (Bizkaia) y con domicilio en Ayala (Araba), deberá asimismo indemnizar a los padres de la víctima con 82.296,65 euros.

Los hechos tuvieron lugar sobre las 3.20 horas del día 31 de julio de 2010, cuando, "con intención de menoscabar el patrimonio ajeno", el procesado comenzó a zarandear una señal vertical de tráfico colocada en la calle Arias y, tras dejarla inclinada unos 35 grados sobre la calzada, se marchó del lugar pese al "consiguiente riesgo que aquello conllevaba".

Instantes después la víctima circulaba por esa misma calle con su motocicleta, que chocó contra el mástil de la señal y, tras perder el conductor su control, se subió a la acera y golpeó con el lateral derecho a un árbol. El conductor, tras golpearse en el tórax y el brazo izquierdo con la señal, salió proyectado por encima de la misma y se golpeó en el suelo, sufriendo heridas que le causaron la muerte.

INFLUYE LA SEÑAL, NO EL CASCO El procesado había declarado que "en un acto de inconsciencia y por hacer el gracioso rompió dos señales de tráfico". El informe de la Policía Foral permite concluir que "el casco que portaba Andoni Pardo pudiera no estar correctamente cerrado en el momento del accidente" -relata la juez-, pero "en modo alguno tiene relevancia ni parar minorar la responsabilidad criminal del imputado, menos aún para eliminarla. Ya que la conducta del acusado, doblando la señal, dejándola doblada sobre la calzada, genera un grave riesgo para la circulación, siendo ya solo por ello merecedora de la calificación de imprudencia grave, además esta temeridad se agrava por abandonar el lugar sin tomar medidas para evitar el riesgo". Por tanto, relata la juez, este hecho se "merece un enorme reproche social" y que "no puede sino considerarse una imprudencia grave".