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Más de 20.000 parejas de hecho navarras, amenazadas por la inseguridad jurídica

El Constitucional vació de contenido la norma foral que regulaba estas uniones - Los expertos reclaman un registro único y constitutivo para Navarra con el fin de asimilarlas en derechos al matrimonio

Más de 20.000 parejas de hecho navarras, amenazadas por la inseguridad jurídicaIban Aguinaga

pamplona - La decisión del Alto Tribunal ha dejado a las parejas estables en una situación similar a la existente antes de la normativa foral anulada, con escasos derechos y en una situación de inseguridad jurídica que se extiende también a las uniones constituidas antes del fallo judicial.

Ante las complicaciones generadas por la ausencia de normativa, los abogados de familia están aconsejando a las parejas navarras contraer matrimonio civil o en todo caso realizar pactos de convivencia ante notario e inscribirse en los registros municipales si quieren disfrutar de derechos similares a los del matrimonio y evitar problemas en el cobro de pensiones o de herencias. Asimismo, reclaman para Navarra, donde existen más de 20.000 parejas de hechos legalizadas o no, una regulación que acabe con el vacío legal y la creación de un registro único, en lugar de los municipales. Este registro, según defienden, debe tener carácter constitutivo para garantizar que las parejas inscritas cumplen los requisitos legales exigidos.

"La regulación previa a la decisión del Constitucional hacía que las parejas estuvieran casi asimiladas al matrimonio, pero ahora nos movemos en el mismo ámbito del régimen general del Código Civil, que no tiene prevista ninguna regulación específica sobre parejas de hecho. Lo que era una pareja antes del año 2000, lo es ahora", resume Mª Ángeles Egusquiza, catedrática de Derecho Civil de la UPNA.

cambios Con su sentencia, el Constitucional cambió el régimen jurídico foral junto con la definición de unión estable. La ley navarra vigente hasta 2013 establecía tres vías para acreditarse como pareja legal: la manifestación de ser pareja de hecho en documento público ante notario, la inscripción en registros municipales y el reconocimiento automático tras un periodo de convivencia de un año o por tener descendencia en común en cualquier tiempo. El fallo anuló esta última vía al considerar que se obligaba a constituirse como uniones estables a parejas que no habían manifestado querer hacerlo, lo que podía llevar a que algunas descubrieran tras su ruptura de forma voluntaria o por la muerte de uno de los miembros que habían sido legalizadas como pareja estable con sus obligaciones y derechos, tales como el del miembro de la pareja superviviente al usufructo de todo el patrimonio del difunto mientras siguiera fiel a su memoria, aunque la voluntad del fallecido fuera otra. "El Tribunal Constitucional ha insistido en que debe haber al menos una manifestación de la libre voluntad de ambos integrantes de querer ser pareja sujeta a la ley foral", precisa Egusquiza.

De hecho, la sentencia ha dejado tan poco régimen legal relevante en cuanto a homologación al matrimonio que los expertos recomiendan a las parejas que quieran ser uniones estables acudir no a una sino a las dos vías que siguen vigentes: el notario y el registro para mayor seguridad jurídica, y hacen extensivo el consejo incluso a las parejas legalizadas antes de la sentencia del TC por la vía del año de convivencia o la descendencia en común.

"Ahora las parejas si quieren asimilarse al matrimonio tendrán que plantearse en pactos de convivencia ante notario cómo van participarse los ingresos en razón del trabajo, cómo se pagan las cuentas de la casa, qué pasará en caso de ruptura, qué ocurrirá con los hijos, que quieren dejar al otro en caso de fallecimiento, es decir, hacer testamento, etc", expone la jurista. Además, las uniones estables que deseen un régimen fiscal similar al de los cónyuges también deberán inscribirse en el Registro fiscal creado por el Gobierno foral.

las quejas de los abogados

Leyes. "Existe un vacío legal. Se necesita en Navarra una ley de parejas de hecho. Todas las comunidades tienen una, al menos bien estructurada. Aquí no hay una regulación en condiciones, hasta que nos pueda venir desde el ámbito europeo, que está en proyecto pero que puede tardar muchísimo", advierte la abogada de familia Pilar Cunchillos. "La mayor dificultad que un abogado afronta al tramitar la ruptura de una pareja es la inseguridad jurídica. Es difícil asesorar porque hay criterios jurisprudenciales muy diversos. En la regulación del matrimonio hay normas por todos conocidas, una ley nacional, las parejas, en cambio, están reguladas por las autonomías.

Parejas previas a la sentencia del Tribunal Constitucional. Aunque según los expertos la sentencia del Alto Tribunal, de abril de 2013 no tiene carácter retroactivo, aconsejan a las parejas legalizadas de forma automática por llevar más de un año de convivencia o tener descendencia acudir a un notario o registrarse para mayor seguridad jurídica ya que el Tribunal Constitucional exige una expresión de voluntad de querer ser pareja legal para que esta tenga carácter de unión estable, manifestación que en el caso de estas parejas no se ha producido. Además, esto restaría dificultad a la reclamación de pensiones u otras prestaciones de la Seguridad Social en caso de dudas sobre la interpretación de las normas relativas a estas uniones.

El problema de los registros municipales de parejas. Los expertos también recomiendan acudir a los notarios además de al registro municipal porque estos no garantizan que se hayan cumplido todos los requisitos personales para constituirse en pareja estable al registrarse. Puede darse el caso, por ejemplo, de que alguno de los inscritos esté separado pero no divorciado legalmente, lo que incumpliría estos requisitos y complicaría la reclamación de pensiones u prestaciones de la Seguridad Social.

La sentencia no tiene efectos sobre los hijos. Los cambios introducidos por la sentencia del Tribunal Constitucional no afectan a la descendencia. Los hijos tienen los mismos derechos hayan sido concebidos o no fuera del matrimonio y tienen los mismos derechos y obligaciones respecto de los padres y estos los mismos derechos de guardia y custodia respecto de los hijos. Las parejas estables, no obstante, pueden recoger en sus pactos de convivencia cuestiones relativas a los hijos cómo quiénes y durante cuánto tiempo vivirán en la casa en caso de ruptura de la pareja.

Beneficios pactados en las empresas. Las parejas estables tendrán los mismos beneficios que los matrimonios en lo que respecta a permisos según lo recogido en los convenios colectivos de cada empresa. Estas, además, determinan qué acreditación deben presentar estas uniones para disfrutar de estos beneficios, como por ejemplo, los 15 días que se suelen conceder en caso de matrimonio o los días libres en caso de hospitalización de familiares. La Administración suele exigir comprobante de inscripción en el registro de parejas o de declaración ante notario o, en otros casos puede reclamar documentos probatorios como empadronamiento o cuentas de carácter conjunto.

El proceso para romper una pareja estable. Si los miembros han constituido una pareja formalmente ante notario o en el registro deben acudir de nuevo para realizar una declaración en sentido contrario o en caso de que sea por voluntad de uno de los miembros puede notificarlo fehacientemente con el envío de un burofax al otro miembro. De lo contrario, habrá apariencia de pareja legal.

Registro. El Gobierno foral ha creado un registro fiscal de parejas estables de la Comunidad Foral de Navarra al objeto de hacer constar oficialmente la inscripción de las parejas estables que hayan solicitado su equiparación fiscal a los cónyuges.

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requisitos

Los miembros de las parejas estables se equipararán fiscalmente a los cónyuges siempre que formen una pareja estable con arreglo a lo dispuesto en la normativa civil que les sea de aplicación, y que se inscriban en este Registro.

Efectos. La equiparación fiscal con los cónyuges surtirá efectos respecto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre el Patrimonio, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y del Impuesto sobre Sociedades.

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vías

La solicitud de la inscripción en el Registro se podrá realizar de dos maneras:

a) Mediante formulario, utilizando para ello el modelo 030.

b) Mediante la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, rellenando de forma correcta los apartados o casillas expresamente previstos para ello.

Propuesta de inclusión en el Registro fiscal de parejas estables. En los casos en que los miembros de la pareja hayan manifestado en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2012 que forman una pareja estable, la Hacienda Tributaria de Navarra podrá enviarles una propuesta para su inclusión en el Registro fiscal. Esta propuesta de inclusión se insertará dentro de la propuesta de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2013.

Confirmar o rechazar. En caso de que, habiendo recibido la propuesta de inclusión, el sujeto pasivo considere que refleja su situación tributaria y proceda a confirmarla, también se considerará aceptada la propuesta de inclusión en el Registro fiscal de parejas estables. Si el sujeto pasivo no acepta esa inclusión o se ha producido la extinción de la pareja, no deberá confirmar la propuesta.