pamplona - La Agencia Navarra de Emergencias (ANE) tramitó el año pasado diez expedientes para el cobro de rescates o atención de emergencias por considerar que los mismos fueron motivados por imprudencias o negligencias cometidas por las personas auxiliadas. La cuantía total de las tasas giradas a los implicados o sus seguros por estas urgencias, en aplicación de la ley de tasas que entró en vigor a principios de 2013, asciende a 3.582 euros, según la información facilitada por el Gobierno de Navarra.
El gerente de la ANE, Eradio Ezpeleta hace un "balance positivo" del primer año de vigencia de la norma al considerar que "ha aumentado la mentalización de los ciudadanos para hacer un uso razonable de los medios para atender emergencias y también se ha agudizado la prudencia a la hora de salir al monte, por ejemplo". Por otro lado, descarta que la posibilidad de cobrar las urgencias haya retraído la petición de auxilio en ningún caso. "No intuimos que la gente haya evitado llamar a SOS Navarra para atender alguna emergencia. No creemos que nadie, cuando se encuentra en un apuro, piense ni por asomo que en que existen las tasas cobrarle y ello le haga desistir de pedir ayuda".
El Área de Gestión de la ANE es la encargada de incoar y cursar los expedientes, previa decisión de la dirección de la agencia, que analiza semanalmente aquellas intervenciones susceptibles de cobro. Finalizada la actuación de los equipos de emergencia, el órgano competente en materia de Protección Civil emite la liquidación de la tasa en la que se especifica el tiempo invertido y el número de efectivos que han intervenido, además del importe total, basándose en las tarifas aprobadas en Ley Foral 21/2012 que especifican, por ejemplo, que el precio por ser evacuado en un helicóptero de transporte sanitario es de 1.360 euros/hora, y en un helicóptero de rescate de 1.400 euros/hora.
El criterio general que se atiende para facturar el coste de un rescate o salvamento es haber incurrido en algún tipo de imprudencia, como puede ser desatender las alertas meteorológicas o no ir suficientemente bien equipado en unas circunstancias determinadas. "Estamos actuando con manga ancha y solo estamos tramitando el cobro de las tasas en los casos más flagrantes, porque emergencias de todo tipo tenemos todos los días, pero hay situaciones que sí llaman la atención especialmente por tratarse de imprudencias excesivas", precisa Ezpeleta.
En aplicación de esta normativa, durante el año pasado la ANE tramitó un total de diez expedientes, de los cuales ya se han cobrado efectivamente cuatro por un importe de 1.661 euros; otros tres casos, cuya cuantía total es de 1.212 euros, están pendientes de recaudación; y en otro caso se estimó el recurso presentado por los afectados y el cobro de 709 euros se archivó finalmente. Además, otros dos expedientes que afectaban a peregrinos coreanos caducaron al no poder ser notificados.
pocos montañeros En cuanto a su tipología, solo tres de las diez emergencias facturadas el año pasado por la ANE consistieron estrictamente en rescates de montañeros. En los tres casos los implicados "no atendieron las alertas por inclemencias meteorológicas o no llevaban el material adecuado", explica Ezpeleta. Sin embargo, no fueron situaciones especialmente graves, ya que "no hubo que movilizar al helicóptero y solo se ha facturado el gasto en personal".
Pero la ley de tasas no se limita únicamente a los rescates de montaña o salvamentos, sino que también se puede exigir el pago a los seguros cuando se trata de incidencias de carácter medioambiental, accidentes de tráficos o "asistencias técnicas no urgentes, como la revisión de instalaciones de prevención de incendios en edificios, achiques de agua, limpieza de calzada, apertura de puertas, transporte de agua, y desconexión de alarmas", tareas que llevan a cabo los bomberos.
No obstante, la ley establece exenciones en el pago de aquellas intervenciones de los recursos de emergencias "en los que la solicitud o prestación del servicio se encuentre motivada por causas fortuitas, inevitables o no imputables a la conducta del beneficiario". Sin embargo, la exención no se aplica "si se ha incumplido la normativa vigente en materia de medios de protección contra incendios, o se trata de edificios con daños estructurales provocados por el deficiente mantenimiento y conservación del inmueble".
En este apartado, el año pasado la ANE cursó el cobro de tres atenciones de emergencias de tipo doméstico (dos de ellas por inundaciones entre particulares) y otras dos con vehículos implicados. Uno de estos casos fue el rescate de una familia que se quedó atascada con el coche en el río Alhama, en Cintruénigo, y el otro el de un conductor que tras accidentarse bebido solicitó una movilización excesiva de recursos sanitarios al indicar falsamente las consecuencias del siniestro que acababa de sufrir.
"sin interés recaudatorio" Las circunstancias económicas fueron las que llevaron a los actuales responsables de la Dirección General de Interior a impulsar el cobro de estos servicios, ya que hasta el año pasado "era frecuente la utilización de un servicio público como son los bomberos para fines privados no relacionados necesariamente con urgencias". En este sentido, el gerente de la ANE recalca que "las cuantías de los expedientes tramitados rondan los 400 euros. Estamos tratando de educar en el uso de los medios de emergencia de una forma sensata y no hay ningún interés recaudatorio en las tasas".
Con la aplicación de la ley de tasas por rescates, Navarra siguió los pasos de Cataluña, la CAV, Cantabria, Asturias, Castilla León, y Valencia. A diferencia de la Comunidad Foral, el Gobierno Vasco elaboró una lista con las actividades de riesgo, lo que implica que se cobra el rescate con o sin negligencia o imprudencia por parte del implicado, aunque quedaron excluidos el montañismo y el senderismo, ya que solo se facturan los salvamentos de aquellas personas que hayan desatendido una alerta meteorológica.