PAMPLONA. La sentencia rechaza el recurso presentado por la propiedad de la casa contra la orden de la Consejería de Fomento y Vivienda de Navarra en abril de 2012, que ordenaba el derribo de la casa por infracción urbanística, ya que se levantó en una parcela destinada a agricultura.

El Ayuntamiento de Corella concedió en junio de 2008 la licencia para construir en la parcela origen del litigio, clasificada como suelo no urbanizable de alta productividad agrícola, una caseta de campo de cuarenta metros cuadrados con porche de diez metros cuadrados.

El consistorio ordenó al año siguiente la paralización de las obras, al no adecuarse a la licencia concedida.

Posteriormente, con la obra ya acabada, la finca y la casa fueron vendidas posteriormente, y fue la nueva dueña de la casa la que presentó el recurso contra la demolición de la vivienda, que afirmaba se encuentra entre otras edificadas en las mismas condiciones.

A este respecto, la sentencia recuerda la doctrina del Tribunal Constitucional en el que sentido de que "no se puede invocar el principio de igualdad en la ilegalidad".