pamplona - La Audiencia Provincial de Navarra ha absuelto a una mujer que regentaba un club en Tafalla de un delito contra los derechos de los trabajadores, al no quedar probado que varias mujeres que se encontraban en el local durante una inspección ejercieran el trabajo de alterne para la acusada. La resolución no es firme y contra ella se puede interponerse un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La sentencia relata que los hechos tuvieron lugar en octubre de 2013, cuando la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Navarra realizó en el local una inspección, en la que identificó como posibles trabajadoras del local a cuatro a varias mujeres que no estaban dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, y a otras dos que además carecían del correspondiente permiso de trabajo, todas ellas de nacionalidad brasileña

En cualquier caso, la sentencia reconoce que no consta que todas ellas y de forma simultánea realizaran la actividad de alterne por cuenta de la acusada, que gestionaba el establecimiento en calidad de arrendataria. El Ministerio Fiscal no ejerció la acusación en este procedimiento, mientras que la inspección la Tesorería General de la Seguridad Social ejerció la acusación particular y solicitó para la encargada del establecimiento una pena de 2 años de prisión y multa de 1.800 euros. - D.N.