PAMPLONA. El informe de la investigación de la Policía Nacional concluye que el menor de 16 años de edad fallecido en marzo pasado sufrió “acoso escolar” por parte de varios alumnos del colegio San Cernin de Pamplona, consistente en una “actividad continuada de insultos, burlas y vejaciones” que habrían estado “estrechamente vinculados” con su fallecimiento.
Aunque la Fiscalía de Menores archivó judicialmente el asunto hace unos meses dado que los comportamientos atribuidos a varios compañeros de estudios del joven no pueden ser tipificados como delictivos, ello no impidió la intermediación del Defensor del Pueblo, organismo que tras analizar el expediente policial de los hechos confirma que el menor sufrió “una vulneración reiterada de sus derechos, lesiva de su dignidad y de su integridad moral, calificable de acoso escolar, y que pudo incidir en su decisión final de quitarse la vida”.
Esta vulneración, según consta en el informe del Defensor del Pueblo, “independientemente de la calificación jurídico-penal que pueda o no merecer, resulta reprobable y reprochable en el ámbito de la Administración educativa”. Además, en su informe recomienda al Departamento de Educación intervenir de forma específica en el citado centro educativo, o instar al mismo a que lo haga, con una “finalidad preventiva” del acoso escolar y de “reprobación” de las conductas detectadas.
En este sentido, el informe del Defensor del Pueblo valora, a partir de la investigación policial, que el menor sufrió “una vulneración reiterada de sus derechos, lesiva de su dignidad y de su integridad moral, calificable de acoso escolar, y que pudo incidir en su decisión final de quitarse la vida”.
otros episodios Fueron las investigaciones policiales y tras el cierre de las vías judiciales las que derivaron finalmente en la intervención del Defensor del Pueblo en este caso. Fruto de la petición, la institución que preside Javier Enériz accedió el pasado 30 de septiembre al expediente del caso, obrante en las dependencias de la Policía Nacional, con el visto bueno de la Fiscalía.
Integrado por múltiples diligencias y actas de toma de declaración o exploración (las que afectan a menores) de hasta 37 personas del entorno del menor fallecido, así como el análisis de redes sociales en las que el joven tenía cuentas activas, el informe policial concluye “la existencia de una actividad continuada de insultos, burlas y vejaciones por parte de varios alumnos del colegio San Cernin, reprobables conductas y comportamientos, que, sin llegar a ser tipificados como delictivos, estarían estrechamente vinculados tanto con la muerte” de este menor “como con los episodios de acoso (bullying) sufridos por otras alumnas” del mismo centro. De hecho, durante la investigación policial también prestaron testimonio varias familias afectadas por episodios similares al sufrido por el joven fallecido.
redes sociales El Defensor del Pueblo de Navarra comparte “en lo sustancial” las conclusiones a las que llegaron los investigadores de la Policía Nacional y asevera que hay “suficientes elementos” en el expediente para afirmar que el joven padeció acoso escolar por parte de varios compañeros, situación que se trasladó y amplió su equipo de fútbol en el CD Oberena. En este sentido, el Defensor destaca los mensajes que el chico envió a dos amigas antes de su fallecimiento que denotan su “hartazgo” con sus amigos; las referencias en varias declaraciones de los comparecientes a que recibía “insultos y desconsideraciones de forma reiterada”; las alusiones en distintas declaraciones “a varios episodios con connotaciones denigrantes, vejatorias o abusos de superioridad”; y la publicación de mensajes en redes sociales, “alusivo a su aislamiento, regodeándose de su situación”.
A la vista del informe, el Defensor del Pueblo se ha dirigido al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para recomendarle que “desarrolle, o inste al colegio San Cernin, una actuación específica en relación con los hechos padecidos” por el joven “centrada en el entorno escolar próximo al menor fallecido, con una finalidad preventiva del acoso escolar y, en su caso, de reprobación en el ámbito educativo de las conductas detectadas”.