La juez les absuelve porque su falsificación, para engañar al vendedor del coche y hacerle creer que ya se había transferido la titularidad del vehículo y que no estaba a su nombre, es tan burda que no es una falsedad documental. Los acusados, dos ciudadanos de origen rumano y vecinos de Pamplona y Miranda de Ebro a los que defendió el abogado Iván Jimeno Moreno, fingieron haber tramitado en la DGT la transferencia del Volkswagen Golf que habían comprado a un vecino de Barañáin. La Fiscalía les pedía un año de prisión y una multa y la juez les absuelve.

El antiguo titular del vehículo denunció los hechos después de que a los dos meses de haber vendido el coche le llegara a su nombre una multa por una infracción de tráfico. Los acusados trataron de colarle al vendedor del coche una fotocopia, que luego no se incorporó a ningún expediente, y en el que además no coincidía ni la fecha de la transferencia del vehículo (que es anterior a la adquisión del mismo). El turismo lo compraron en enero de 2015 y el adquiriente, el acusado, se comprometió a gestionar el cambio de titularidad del mismo. Sin embargo, lejos de eso, le mandó al vendedor un justificante provisional en el que solicitaba el cambio de titular, para después alterar dicho documento con el fin “de hacerle creer que la transferencia a la que se había obligado el comprador se había realizado, cuando lo cierto es que no fue así, hasta el punto de que un par de meses después el vendedor recibió la multa”. Luego de haberlo adquirido, el procesado vendió el coche a otro compatriota y, a su vez, le simuló al vendedor original que había realizado la transferencia de titularidad cuando en realidad era “una copia alterada” de la transferencia previa provisional. Esta copia, dice la juez en la sentencia, contiene datos que no coinciden con los documentos originales, ya que está fechada antes del contrato de compraventa (que es del 27 de enero cuando la presunta transferencia manipulada está fechada el 15 de enero) y, aunque incorpora datos del vehículo vendido, los datos del comprador no se corresponen con los datos de quien adquirió el coche al vecino de Barañáin. “Este no se percató de todo ello, dando por buena la presunta copia de de la transferencia hasta que recibió una multa y comprobó que la transferencia nunca se había realizado”. Por ello, concluye, el documento cuya falsedad se les imputa es, en consecuencia, una copia, está burdamente manipulado y nunca se incorporó a un expediente, habiéndose realizado exclusivamente con el fin de engañar al vendedor que resultó perjudicado al recibir a su nombre la multa. Esa conducta pudo consistir en un delito de estafa, no de falsedad”, concluye la juez.