A la mujer se le olvidó incluso el nombre de su primer marido, así que, a ojos del tribunal, su historia conyugal perdió la escasa credibilidad que le antecedía. Tampoco fue capaz de enunciar correctamente el municipio en cuyo ayuntamiento había contraído matrimonio. Le suena en todo momento que era Carella, pero en realidad donde se llevó a cabo el enlace y así consta inscrito en su Registro Civil la pareja se casó en Corella. Más allá de si aquella unión entre la acusada y un ciudadano nigeriano se prometía fiel y duradera, que no eterna a la vista de los postreros acontecimientos, o si no era más que una tapadera para certificar un matrimonio de conveniencia, lo cierto es que la mujer fue condenada en el Juzgado de lo Penal 3 de Alcalá de Henares, sentencia que ha confirmado ahora la Sección 16º de la Audiencia Provincial de Madrid, a seis meses de prisión por un delito de bigamia. A la procesada se le olvidó en este caso no solo el lugar de su enlace y el nombre de su prometido, sino también disolver su primer matrimonio para volver a contraer otro civil, con un ciudadano egipcio, el 13 de junio de 2017 en el Registro Civil de Ambite (Madrid). Antes, ya había pasado por el mismo trámite, en septiembre de 2005 en el juzgado de Paz de Corella.
La defensa de la acusada recurrió la sentencia condenatoria al discrepar con la valoración de la prueba que había efectuado la jueza. Sin embargo, el tribunal entiende que es correcta la valoración efectuada por la magistrada “aprovechando las ventajas de la inmediación, ya que es quien puede apreciar la consistencia, fiabilidad y autenticidad de las distintas pruebas practicadas, y dicha valoración debe ser respetada ya que no se aprecian elementos que demuestren error alguno. En la sentencia se explican de modo claro y concluyente los elementos probatorios que han conducido a la destrucción de la presunción de inocencia de la acusada de manera palmaria”.
La Sala recuerda que la propia declaración de la denunciada evidencia los hechos delictivos cometidos. Añade el tribunal que la mujer “afirmó de manera sorprendente y hasta casi cómico si no fuera por la gravedad de los hechos que no se acordaba del nombre de su primer marido. Dijo que lo había conocido un año antes, que se casó porque le quería, pero que se le ha olvidado su nombre porque no lo sabía pronunciar”. Sobran más explicaciones, según la Audiencia, “y es evidente que si alguien se casa con otra persona y no recuerda ni su nombre, es porque dicho matrimonio desde luego no era fruto de una relación de las que habitualmente llevan a las personas a contraer el vínculo, sino que tenía otra motivación”.
La acusada también defendía que en 2017 se había divorciado de este primer matrimonio pero “no solo no ha aportado la sentencia de divorcio o documentación que la pudiera acreditar, sino que en la inscripción del Registro Civil del Juzgado de Paz de Corella no consta que dicho vínculo se haya disuelto”. No estando roto el primer matrimonio consta acreditado documentalmente que la acusada contrajo segundo matrimonio en Ambite, una localidad de Madrid limítrofe con Guadalajara y de 677 habitantes en el padrón. Pese a que la procesada denunció que alguien le había sustraído el DNI y que, precisamente por ello, se habían usado sus datos para ese nuevo matrimonio, los agentes de la Policía Nacional señalaron que ella no había efectuado denuncia alguna del robo de su carnet de identidad. “Aun cuando luego comprobaron que había una trama de matrimonios de conveniencia con tramitación falsa de expedientes matrimoniales, el acta de matrimonio, acto personalísimo, fue llevada a cabo por la acusada”, concluye la Sala.