La Audiencia sigue dejando libre a 'La Manada' hasta que el Supremo no sentencie en un año
Dos jueces creen “endeble” el argumento de las acusaciones de que el riesgo de fuga se ha agravadoPese a que la condena ha sido avalada ya por siete magistrados, no lo ven suficiente
pamplona - La condena a un mínimo de nueve años de prisión por abuso sexual con prevalimiento avalada, ahora ya, por siete magistrados tampoco ha sido suficiente para que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra cambie su criterio respecto a la libertad provisional que concedió a los cinco miembros de La Manada el pasado mes de junio. Los magistrados Ricardo González, autor del archiconocido voto particular en pro de la absolución y en el que con desafortunados términos veía en los hechos una relación consentida, y Raquel Fernandino, quien sorprendentemente en junio había decidido atender la petición de libertad de los condenados pese a que ella misma les impuso nueve años de prisión, han vuelto en esta ocasión a hacer oídos sordos a las peticiones de la Fiscalía y de las acusaciones personadas en el caso.
Para ellos, no así para el magistrado que preside la Sala que emite un voto particular, no se cumple ninguno de los parámetros que justificarían el reingreso de los acusados a prisión. Es decir, ni ven riesgo de fuga (lo consideran un argumento “endeble”), ni de reiteración delictiva, están cumpliendo con sus obligaciones (no son tantas, acudir al juzgado tres días a la semana, no pisar la Comunidad de Madrid y no contactar con la víctima) ni tienen sobre la mesa una sentencia firme todavía. Y ello, pese a que lo que sí existe es que tres magistrados del máximo órgano judicial de Navarra, el TSJN, han ratificado la condena de nueve años por abusos, y que incluso otros dos entienden que los hechos encajan en un delito de agresión sexual que debería ser penado con 14 años. La Audiencia vuelve a hacer el enésimo acto de fe con La Manada. Hasta que el Supremo, en un año, les imponga una inexorable condena que, muy probablemente, no será menos de esos nueve años.
ya estuvieron casi dos años en prisión preventiva La Audiencia justifica que “no podemos obviar que los encausados estuvieron privados de libertad desde el 7 de julio de 2016 hasta el 22 de junio de 2018, prácticamente dos años”. En caso de no existir sentencia firme, la prisión preventiva se podía prorrogar hasta los 4,5 años, la mitad de la pena.
la EXPULSIÓN DE CABEZUELO DEL EJÉRCITO LIMITA SU RIESGO DE FUGA El tribunal dice que “la situación personal, familiar y laboral de todos ellos permanece inalterable”, salvo en el caso de Alfonso Cabezuelo, que ha sido expulsado del Ejército. “Ha sido privado de su condición de militar. Si bien la decisión no es firme, de momento supone que no recibe ingreso alguno. Tal carencia no incrementa el riesgo de fuga, sino que, en cierta forma, lo limita”.
CUMPLEN CON LAS MEDIDAS CAUTELARES QUE LES FUERON IMPUESTas Durante el tiempo transcurrido desde que los encausados fueron excarcelados han cumplido, puntualmente, con las condiciones que les fueron impuestas (acudir al juzgado a firmar). El episodio de Guerrero, el guardia civil que acudió a renovarse el pasaporte, “no puede tomarse en consideración”. La mayoría de la Sala defiende que “han acatado esas medidas en seis meses y que, desde la sentencia del TSJN hace un mes, han continuado cumpliéndolas, mostrando así su intención de no eludir la acción de la Justicia. Los datos objetivos no permiten deducir tal riesgo de fuga que, por otra parte, es imposible conjurar con total seguridad, pero la conducta de los encausados desde que salieron de prisión no avala la tesis de las acusaciones”.
la reiteración de boza es leve El riesgo de que sigan cometiendo delitos es otra de las finalidades que persigue la prisión provisional. Pero la Audiencia también rebaja este riesgo, pese a que uno de los cinco condenados, Ángel Boza, ha tenido una condena reciente por dos delitos leves de hurto y lesiones. “Se trata de una condena por dos delitos leves por hechos que afectan a bienes jurídicos muy importantes y más livianos que los que han determinado su condena por un delito de abusos sexuales, lo que no justifica la sustancial alteración pretendida por las acusaciones.
Pozoblanco no se ha juzgado En otro caso esgrimido por las acusaciones, como los abusos a una joven en Pozoblanco, y cuya instrucción aún no había terminado en junio, está ahora camino de ser juzgado. Pero González y Fernandino dice que ese procedimiento que se dirige contra cuatro acusados (todos menos Boza) “no ha tenido aún juicio ni sentencia”.
“no vamos a jugar a ser adivinos”
La confirmación del TSJN es insuficiente. Los dos magistrados de la Audiencia que mantienen libre a La Manada subrayan que, según el Tribunal Constitucional, aunque tengan una condena confirmada por el TSJN ello “resulta todavía inhábil para enervar la presunción de inocencia”. Razonan que no es posible pronosticar si dicha sentencia va a ser confirmada o no en el Supremo porque “como dijo uno de los letrados de la defensa en la comparecencia: no vamos a jugar a ser adivinos”. Según ellos, se ha de aplicar en este caso “los consolidados criterios de la jurisprudencia constitucional sobre esta materia, puesto que la confirmación de la condena resulta a todas luces insuficiente para justificar, por sí sola, la decisión que todas las acusaciones nos solicitan”.
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